El abogado Juan Garatón recordó que la moneda de curso legal en Venezuela es el bolívar y los cobros en dólares son ilegales
El Tribunal Supremo de Justicia suspendió el cobro de multas e impuestos calculados sobre la base del valor del dólar que se viene aplicando en el municipio Chacao del estado Miranda.
La decisión del máximo tribunal del país está contenida en una sentencia difundida la tarde de este jueves 8 de agosto. En el documento se lee que los magistrados admitieron un recurso de nulidad consignado por el abogado Juan Garanton.
Dicha acción persigue que el TSJ anule dos resoluciones aprobadas en abril pasado por el concejo municipal de Chacao: una relacionada con la creación de unidades de valores fiscales y otro que versa sobre la convivencia ciudadana.
Ambas ordenanzas establecían el cobro, en dólares, de multas e impuestos, lo cual Garanton considera inconstitucional. Recordó que la Carta Magna señala al Bolívar como la moneda oficial del país.
El abogado también indicó como fuera de la Constitución beneficiar a los funcionarios policiales con las multas que ellos mismos impongan. «Eso vulnera los derechos constitucionales de los ciudadanos que habitan en el municipio», argumentó.
Al analizar el recurso de nulidad, los magistrados determinaron que el mismo cumple con los requisitos exigidos. Por ello lo admitieron y ordenaron notificarlo a las autoridades del municipio Chacao.
El TSJ acordó también el amparo cautelar solicitado por el abogado Garanton y en consecuencia suspendió los efectos de las dos resoluciones impugnadas hasta tanto decidan, en un juicio, si están o no apagadas a la Carta Magna.
La sentencia fue propuesta por el magistrado Arcadio Rosales y aprobada por los demás seis magistrados de la Sala Constitucional.