«El proceso de sustitución y modificación de las postulaciones, así como los lapsos establecidos para el mismo en el cronograma electoral, se encuentran sustentados en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre)», señalaron en el comunicado
El Poder Electoral decidió extender hasta este viernes 24 de septiembre, el plazo para que las Organizaciones con Fines Políticos presenten modificaciones o sustituciones de candidaturas, de manera que se vean reflejadas en el instrumento de votación, reseñó el ente comicial a través de su cuenta en Twitter.
«El proceso de sustitución y modificación de las postulaciones, así como los lapsos establecidos para el mismo en el cronograma electoral se encuentran sustentados en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre)», prosiguió el comunicado.
De igual manera, expresan que «El artículo 62 de la Lopre señala que “las organizaciones postulantes podrán modificar las postulaciones que presenten y, en consecuencia, sustituir candidatas o candidatos hasta diez días antes de ocurrir el acto electoral”.
Asimismo, destaca que «Cumplido el plazo, los partidos podrán seguir presentando modificaciones o sustituciones entre el 27 de septiembre y el 11 de noviembre (postulaciones nominales), pero por razones de orden técnico-logístico estos cambios no se verán reflejados en la boleta de votación».
Finalmente, establece que “cuando el tiempo en que se realice la sustitución resulte insuficiente para realizar el cambio en el instrumento electoral, los votos que se emitan en el mismo se acreditarán al candidato sustituto o la candidata sustituta”