Con esta ley Guaidó promete proteger a empleados públicos que se rebelen contra Maduro

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La norma «garantiza el derecho a la protesta pacífica y la huelga de los funcionarios y trabajadores formales del sector público sin requisito previo alguno»

El título es larguísimo, pero puede resumirse en algo muy sencillo: la protección a los empleados públicos que se rebelen contra el mandatario Nicolás Maduro.

La Asamblea Nacional sancionó este martes la Ley de Garantías para Funcionarios y Trabajadores del Sector Público y Sectores Sociales que participen en el Restablecimiento de la Democracia.

La norma tiene siete artículos, una disposición derogatoria, tres disposiciones transitorias y una disposición final. Incluye la creación de un órgano especial que se ocupará de la recepción, sustanciación y decisión de los casos denunciados, así como también la instalación de una comisión tripartita.

El artículo 2 establece que la ley «tiene por objeto garantizar la protección del
ejercicio pleno de los derechos civiles, políticos y Derechos Humanos
laborales de los funcionarios y demás trabajadores del sector público, que
hayan participado públicamente en la defensa de la Constitución y la
restitución de la democracia».

El artículo 3 ratifica que la norma es «para todos los funcionarios y trabajadores formales del sector público cuya relación laboral haya sido objeto de sanciones que
conllevaron al desmejoramiento o cese de sus condiciones laborales, en
virtud de actos de retaliación política, intimidación, descalificación,
amenazas o ataques, detenciones arbitrarias o cualquier otro acto
discriminatorio contra trabajadores y defensores de los derechos humanos,
políticos y sociales».

El artículo 5 «garantiza el derecho a la protesta pacífica y la huelga de los funcionarios y trabajadores formales del sector público sin requisito previo alguno y en todo el territorio nacional, por lo cual no podrán ser víctimas de criminalización de su ejercicio por razones de opinión y accionar político en defensa de la Constitución, la Democracia y el cese del régimen usurpador».

El artículo 7 preserva «los Derechos Humanos laborales de los trabajadores de los medios de comunicación que sean perseguidos, acosados, detenidos y reprimidos por transmitir huelgas, paros, acciones y movilizaciones, llamados públicos, o transmisiones realizadas con el objeto de lograr el cese de la usurpación. En efecto, serán nulas las acciones ejercidas por parte de los directivos u otras autoridades de medios de comunicación e información, tanto pública como privada, en contra de sus
trabajadores, por divulgar información vinculada con los actos antes mencionados».

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