El estado de alarma es un instrumento para proteger la salud del pueblo ,no puede ser utilizado para reprimir ni para la arbitrariedad», puntualizó el abogado
«Los decretos de alarma y excepción no pueden estar por encima de la Constitución». Así lo manifestó el exparlamentario y abogado defensor de los Derechos Humanos (DDHH), Rafael Narváez.
Manifestó que «ya no hay garantías constitucionales que el Estado pueda violar en esta cuarentena para contener y romper la cadena de contagios de la COVID-19, la persecución y detenciones arbitrarias en contra de los médicos y periodistas, por informar, no se detienen ante la mirada sumisa de los Poderes Públicos, quienes están en pleno conocimiento que existen salvedades en la ejecución de estos decretos, tal como lo establece nuestra Constitución».
Por otra parte, señaló el abogado que el decreto de estado de excepción «perpetuo» (enero de 2016), tiene limitaciones en su ejecución, y debe cumplir con las exigencias, principios y garantías establecidas en el pacto internacional de los derechos civiles y políticos suscritos por el Estado venezolano; como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, la libertad personal y la prohibición de práctica de desaparición forzada de personas, la integridad física, psíquica y moral, libertad de pensamiento, debido proceso y el derecho a la información.
Expresó el exparlamentario que el Estado sigue estando al margen de la ley, viola su mismo decreto de «alarma», específicamente el artículo 9.2, el cual establece garantizar el expendio de combustible. «Para nadie es un secreto la inmensa escasez y quien logre llenar el tanque es a punta de matraca por la Guardia Nacional», denunció Narváez.