Estas son las nuevas disposiciones que regulan la operación de aeronaves privadas extranjeras en Venezuela

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La nueva normativa agrega cuatro permisos operacionales con distintos períodos de validez de 7, 15, 30 y hasta 180 días; además de reducir significativamente las tarifas para la solicitud de permisos de vuelo y permanencia

El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) llevó a cabo la actualización de las disposiciones que regulan la Operación de Aeronaves Privadas Extranjeras en Venezuela, con las que se establece la ampliación de los períodos de vigencia de las autorizaciones que otorga, así como los destinos sobre los que pueden volar.

La información fue difundida por medio de la Gaceta Oficial Nº 42.823, de fecha 21 de febrero de 2024; una disposición que deroga la Providencia Administrativa publicada en la Gaceta Oficial N° 41.185, del 3 de julio de 2017.

La nueva normativa agrega cuatro permisos operacionales con distintos períodos de validez de 7, 15, 30 y hasta 180 días. Sin embargo, aún se mantienen los permisos por 90 días y 12 meses.

De ser otorgado el permiso de 15 días, las aeronaves privadas extranjeras pueden entrar y permanecer en Venezuela, así como también realizar vuelos nacionales entre aeropuertos controlados en el país.

En cuanto a la permanencia en la Nación durante 30, 90 o 180 días, la aeronave de matrícula extranjera podrá ingresar y permanecer según el tiempo que considere prudente, dentro del período aprobado por el ente regulador. Igualmente, podrá efectuar vuelos domésticos entre aeropuertos controlados dentro del territorio venezolano.

Los permisos deberán ser solicitados en persona ante el INAC, bien sea por el propietario u operador legítimo de la aeronave privada extranjera o a través de un apoderado en cuya posesión esté un poder notariado y apostillado, este último puede otorgarse desde el exterior.

Si alguno de los recaudos solicitados por las autoridades venezolanas para el permiso está en otro idioma que no es el español, éste deberá ser traducido por un intérprete público certificado.

Autorización por 1 año

Si se obtiene esta modalidad, las aeronaves privadas extranjeras podrán ingresar y permanecer en Venezuela durante el transcurso de un año y realizar vuelos internos entre aeropuertos controlados.

Para obtener los permisos, el operador de la aeronave de aviación general con matrícula extranjera deberá tramitar y obtener el certificado de Admisión Temporal ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), que podrá ser ampliado por un año adicional, condicionado a la obtención o renovación del certificado de Admisión Temporal por el mismo tiempo.

Los Roques y Canaima ahora permitidos

Aunque antes estaba restringido, el ajuste de la disposición permite el tráfico aereo de las aeronaves privadas de matrícula extranjera en zonas como Canaima y Los Roques.

Sin embargo, el traslado de estas aeronaves hacia la isla La Tortuga, sigue siendo restringido.

Reducción de tarifas

Según explicó el abogado especializado en temas aeronáuticos, Rodolfo Ruiz, la tarifa aplicable al permiso operacional de un año se redujo significativamente, considerando que pasó de 25.000 dólares, a establecerse en $1.860, tras la derogación de la regulación.

Asimismo, la tarifa para la renovación, «se redujo desde $35.000 a $1.422, aproximadamente». Mientras tanto, la tarifa para el permiso operacional de 90 días, se ajustó desde $5.000 a $450, aproximadamente.

Mientras tanto, detalló Ruíz, las tarifas para los nuevos permisos operacionales de 15, 30 y 180 días, se fijaron en las cantidades aproximadas de $120, $230 y $900, respectivamente.

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