A través de la Resolución 20-03-01, el ente emisor estableció el nuevo régimen de encaje que aplicará para la banca
El Banco Central de Venezuela (BCV), redujo el encaje legal en siete puntos porcentuales hasta 93% de su saldo semanal en moneda nacional y creó un encaje legal de 31% para las captaciones en divisas.
La Resolución 20-03-01 del ente emisor también establece un encaje mínimo de 93% sobre las inversiones crediticias.
Por su parte, los bancos microfinancieros cuyo objeto exclusivo sea fomentar, financiar y promover las actividades microfinancieras sustentadas en la iniciativa pública y privada con índice de intermediación bancaria de mínimo 70% deberán mantener un encaje mínimo de 20% del monto total de operaciones netas e inversiones crediticias.
La Resolución exceptúa al Banco de Desarrollo Económico y Social (Bandes).
Hasta el momento, el BCV establecía un régimen dual de encaje legal, correspondiente a 57% para depósitos vigentes hasta el 11 de febrero de 2019 y de 100% para todas las captaciones a partir de esa fecha. Con esta nueva medida, se unifica el porcentaje y se reduce en 7 puntos porcentuales sobre el denominado saldo marginal, que ya desaparece.
Hasta el pasado 20 de marzo, la banca tenía congelados 59,94 billones de bolívares en la cuenta de encaje legal, y la cartera de créditos para esa fecha se ubicaba en 14,76 billones de bolívares, indica el portal Banca y Negocios.