Carlos Trapani: Renovar la justicia no es solamente cambiar nombres sino discutir qué justicia necesita Venezuela

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«Ninguna reforma legislativa sustituye la independencia judicial, la idoneidad de quienes administran justicia, el debido proceso o el cumplimiento efectivo de las decisiones. A veces tenemos la tentación de responder a cada problema creando una nueva ley. Y una ley puede ser necesaria, pero no transforma por sí sola una institución», indicó el coordinador de Cecodap. La Redhnna propuso el nombre de Trapani para integrar el Comité de Postulaciones Judiciales

La Red por los Derechos Humanos de los Niños, Niñas y Adolescentes (Redhnna) propuso el nombre de Carlos Trapani, coordinador de Cecodap, para integrar el Comité de Postulaciones Judiciales. Llega con su maleta: años de servicio a la infancia, años de trabajo en la defensa de los derechos humanos. Mantiene sus críticas, pero quiere contribuir a cambiar la realidad.

«¿Por qué debería estar presente la perspectiva de niñez en el Comité de Postulaciones Judiciales? Porque cuando se evalúa a quienes pueden llegar a las más altas responsabilidades del Poder Judicial no solo importa cuánto conocen de derecho o cuántos años de ejercicio profesional tienen. También importa comprender cómo sus decisiones pueden afectar concretamente los derechos de las personas», explicó Trapani en respuesta a un cuestionario enviado por contrapunto.com. El desafío, subrayó, «no es solamente tener mejores leyes. Es lograr mejores instituciones. Por eso la discusión sobre la selección de magistrados es tan importante.

–¿Qué justicia tenemos? ¿A quién le funciona?

-Tenemos una justicia que enfrenta una profunda crisis de confianza. Y ese es, probablemente, uno de los problemas más graves, porque la justicia no se sostiene solamente en tribunales, leyes y procedimientos; también necesita legitimidad. Las personas tienen que sentir que pueden acudir ante un juez y ser escuchadas, que las reglas se aplican por igual y que una decisión no depende de quién eres, a quién conoces o qué posición tienes. Cuando una persona percibe que reclamar un derecho puede ser inútil, demasiado costoso, tardío o, incluso, generarle consecuencias, deja de acudir a las instituciones. Y cuando eso ocurre de manera reiterada, la sociedad empieza a resolver sus conflictos fuera de ellas. Allí perdemos todos y la violencia se instala como un sistema de relación. Por eso me cuesta responder que nuestra justicia “le funciona” a un determinado sector. La pregunta que deberíamos hacernos es otra: ¿está funcionando para la persona que necesita protección frente a un abuso? ¿Para una víctima que espera reparación? ¿Para una familia que necesita una respuesta oportuna? ¿Para un adolescente sometido a un proceso penal? ¿Para quien necesita que un tribunal controle el ejercicio del poder? Una justicia que funciona solamente para algunos no es verdaderamente justicia.

–¿A qué justicia podemos aspirar? ¿Cómo la levantamos?

-Tenemos que aspirar a una justicia independiente, accesible, transparente y técnicamente competente, pero también cercana a las personas. Una justicia capaz de proteger derechos incluso cuando hacerlo resulte incómodo para quienes ejercen el poder. Por eso he insistido en una idea: renovar la justicia no es solamente cambiar nombres. Es discutir qué justicia necesita Venezuela. Podemos sustituir magistrados y jueces, reformar leyes o modificar estructuras y, sin embargo, mantener los mismos problemas. La transformación comienza por recuperar la función esencial de la justicia: poner límites al poder, resolver conflictos conforme al derecho y garantizar los derechos de todas las personas sin discriminación.

Eso exige «jueces independientes e idóneos, procedimientos transparentes de selección, estabilidad institucional, formación permanente, rendición de cuentas y condiciones materiales que permitan trabajar adecuadamente. Pero también exige una cultura judicial diferente: escuchar a las personas, comprender las consecuencias de las decisiones y recordar que detrás de cada expediente existe una historia de vida».

La justicia no solo es en los tribunales

También «hay otro componente que considero fundamental: la sociedad civil. La justicia no puede construirse únicamente desde los tribunales. Universidades, colegios profesionales, organizaciones sociales, organizaciones de derechos humanos, víctimas, comunidades y otros sectores tienen experiencia y conocimiento que aportar. Participar no significa dejar de cuestionar. Tampoco supone otorgar legitimidad automática a una institución, a un proceso o a las decisiones que de él resulten. La participación de la sociedad civil tiene sentido precisamente cuando puede ejercerse con autonomía, capacidad crítica y libertad para señalar aquello que debe cambiar».

A su juicio, «hay que superar la idea de que frente a instituciones debilitadas solo existen dos opciones: acompañarlas sin cuestionamientos o mantenerse completamente al margen. Hay una tercera posibilidad, que es participar críticamente: ocupar los espacios que el ordenamiento jurídico reconoce a la sociedad civil, exigir que funcionen conforme a sus reglas y llevar hasta allí las demandas, experiencias y perspectivas de quienes muchas veces no tienen posibilidad de hacerse escuchar».

Además, agrega, «no participar también produce consecuencias. Cuando la sociedad civil se retira de los espacios institucionales, esos espacios no quedan vacíos: otros los ocupan y las decisiones igualmente se toman. Por eso participar también implica asumir una responsabilidad. No se trata de estar por estar ni de convalidar decisiones previamente adoptadas. Se trata de intentar incidir, vigilar, proponer, dejar constancia cuando existan desacuerdos y exigir transparencia y rendición de cuentas». Y esa participación «solo tiene valor si conserva su independencia. La sociedad civil no está llamada a convertirse en una extensión del Estado ni de ningún sector político. Su aporte está precisamente en llevar una mirada distinta, construida desde las comunidades, las víctimas, la academia, los derechos humanos y la experiencia acumulada acompañando a las personas frente a las instituciones».

Por eso, remarcó, «participar y cuestionar no son acciones contradictorias. En una sociedad democrática deberían ser complementarias. Se puede entrar a una institución sin renunciar a la voz propia; dialogar sin abandonar los principios; construir acuerdos sin silenciar las diferencias y reconocer avances sin dejar de señalar aquello que vulnera derechos. En definitiva, participar no significa confiar ciegamente en las instituciones. También puede ser una manera de trabajar para que algún día las personas puedan volver a confiar en ellas».

Las voces de la pluralidad

La pluralidad, argumentó Trapani, «tampoco consiste simplemente en llenar puestos ni en sumar organizaciones distintas alrededor de una mesa. Pluralidad significa incorporar voces, experiencias, conocimientos y perspectivas diferentes, y garantizar que esas diferencias tengan una posibilidad real de incidir en las decisiones. La sociedad civil no es homogénea: está conformada por universidades, gremios, organizaciones de derechos humanos, organizaciones comunitarias, víctimas, académicos y sectores que trabajan con poblaciones que históricamente han tenido menos posibilidades de participar en las decisiones públicas».

Puso el ejemplo de la infancia, a cuya defensa ha dedicado varias décadas. «¿Por qué debería estar presente la perspectiva de niñez en el Comité de Postulaciones Judiciales? Porque cuando se evalúa a quienes pueden llegar a las más altas responsabilidades del Poder Judicial no solo importa cuánto conocen de derecho o cuántos años de ejercicio profesional tienen. También importa comprender cómo sus decisiones pueden afectar concretamente los derechos de las personas».

Como lo recordó, «una sentencia constitucional, penal, laboral, administrativa o familiar puede incidir directamente en la vida de un niño o adolescente, aun cuando el proceso no se tramite ante un tribunal especializado en protección. Incorporar esta perspectiva permite preguntar si quienes aspiran a administrar justicia conocen los derechos de la niñez, comprenden el principio del interés superior, reconocen su derecho a ser escuchados y son capaces de identificar las consecuencias que una decisión judicial puede producir sobre ellos y sus familias. La justicia también se mira desde la niñez«.

Por eso, enfatizó, «la pluralidad no debería evaluarse únicamente preguntando cuántos representantes de la sociedad civil integran un espacio. También debemos preguntarnos quiénes están representados, qué experiencias llevan consigo, qué sectores continúan ausentes y qué pueden aportar esas perspectivas a las decisiones que deben adoptarse. La presencia de una mirada especializada en niñez no busca convertir al Comité en un espacio sectorial ni exigir que todos sus integrantes sean especialistas en infancia. Busca algo mucho más elemental: que cuando se evalúe la idoneidad de quienes tendrán la responsabilidad de administrar justicia, los derechos de niños, niñas y adolescentes no sean invisibles».

La pluralidad, por otra parte, «también supone aceptar el desacuerdo. No tendría sentido incorporar distintas voces si después se espera que todas piensen igual. Una institución plural debe ser capaz de procesar diferencias, construir acuerdos cuando sea posible y preservar la autonomía de sus integrantes cuando existan posiciones distintas. En definitiva, pluralidad no es que todos los puestos estén ocupados. Es que ninguna voz pretenda hablar por toda la sociedad y que perspectivas que tradicionalmente han quedado fuera también puedan participar e incidir«.

Leyes solas no bastan

–¿Necesitamos leyes, reglamentos o basta con los que tenemos?

-Venezuela tiene un marco constitucional y legal que contiene garantías importantes. El problema no puede reducirse, entonces, a la ausencia de normas. Podemos reformar leyes, y seguramente existen aspectos que requieren actualización. Pero ninguna reforma legislativa sustituye la independencia judicial, la idoneidad de quienes administran justicia, el debido proceso o el cumplimiento efectivo de las decisiones. A veces tenemos la tentación de responder a cada problema creando una nueva ley. Y una ley puede ser necesaria, pero no transforma por sí sola una institución. Necesitamos revisar normas y procedimientos donde existan vacíos, contradicciones o prácticas que dificulten el acceso a la justicia. Pero necesitamos, sobre todo, que las garantías que ya existen dejen de ser únicamente declaraciones normativas y se conviertan en experiencias concretas para las personas.

El desafío, subrayó, «no es solamente tener mejores leyes. Es lograr mejores instituciones. Por eso la discusión sobre la selección de magistrados es tan importante. La idoneidad no puede agotarse en títulos académicos o años de ejercicio profesional. También supone independencia de criterio, integridad, conocimiento de los derechos humanos, capacidad para escuchar y comprender las consecuencias que una decisión judicial produce sobre las personas».

–Una justicia para la niñez, ¿cómo es? ¿Quién la garantiza? ¿En qué se diferencia de lo que tenemos?

-Primero debemos romper una idea que todavía está muy arraigada: que los derechos de los niños se resuelven únicamente en los tribunales de protección. La justicia también se mira desde la niñez. Una decisión penal puede dejar a un niño sin su padre o su madre. Una decisión laboral puede afectar los ingresos de toda una familia. Una decisión administrativa puede determinar el acceso a un servicio. Una sentencia constitucional puede definir el alcance de derechos que afectan directamente a niños y adolescentes. Y, por supuesto, una decisión dentro del sistema penal adolescente puede determinar la libertad y el proyecto de vida de una persona que todavía está en desarrollo. Por eso, la perspectiva de niñez tiene que atravesar todo el sistema de justicia.

Una justicia adecuada para niños y adolescentes «debe ser accesible, comprensible, oportuna y especializada cuando corresponda. Debe escuchar directamente a los niños y adolescentes, garantizar su derecho a participar, protegerlos frente a la revictimización y adoptar decisiones considerando su interés superior y las circunstancias particulares de cada caso. Pero además debe entender algo fundamental: un niño no es simplemente el hijo de las partes, un acompañante o un elemento secundario dentro de un expediente. Es una persona titular de derechos».

¿Quién garantiza esa justicia? «No existe un único responsable. La garantizan jueces, fiscales, defensores, órganos administrativos, sistemas de protección, abogados, familias y el propio Estado mediante políticas públicas y recursos adecuados. También la sociedad civil tiene una función de vigilancia, acompañamiento y exigibilidad. En 2022 escribí un artículo titulado “Se buscan magistrados comprometidos por los niños” (https://cecodap.org/se-buscan-magistrados-comprometidos-por-los-ninos/) Allí planteaba que quienes llegan a las más altas responsabilidades judiciales deben conocer los derechos de la niñez, actuar oportunamente cuando esos derechos están amenazados, escuchar a los niños y adolescentes y exigir al Estado el cumplimiento de sus obligaciones. Cuatro años después, sigo sosteniendo esa posición. No estoy planteando que cada magistrado tenga que ser especialista en infancia. Estoy planteando algo más elemental: ninguna persona que tenga la responsabilidad de administrar justicia debería desconocer las consecuencias que sus decisiones pueden producir sobre los derechos de un niño«.

La diferencia con la realidad que tenemos está precisamente allí. Hemos construido mucha especialización alrededor de la infancia, lo cual es necesario, pero todavía falta incorporar verdaderamente el enfoque de derechos de niños y adolescentes en el conjunto de la administración de justicia.

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