Condenan a la cantante iraní Parastoo Ahmadi a 74 latigazos y dos años de inhabilitación por cantar sin velo

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Un tribunal de la República Islámica de Irán condenó a la cantante Parastoo Ahmadi a recibir 74 latigazos y le impuso una prohibición de dos años sin cantar, luego de haber emitido a finales de 2024 un concierto en línea en el que apareció sin el velo obligatorio, un acto que desafió las normativas vigentes del país asiático.

La sentencia judicial abarca también a los colaboradores que participaron en el evento. Según se informó formalmente en la página de Instagram de la propia artista, «Parastoo Ahmadi, junto con otras ocho personas del equipo y músicos del concierto virtual, fue condenada a 74 latigazos de carácter correctivo, dos años de prohibición de salida del país y dos años de inhabilitación para ejercer actividades artísticas».

Contexto de las leyes de vestimenta y la represión en Irán

Desde el triunfo de la Revolución Islámica en 1979, el uso del hiyab (velo islámico) y de ropa holgada es de cumplimiento estrictamente obligatorio para todas las mujeres en los espacios públicos del país. Asimismo, la legislación iraní prohíbe que las mujeres canten en solitario en eventos públicos ante audiencias que incluyan a hombres, restringiendo sus manifestaciones musicales principalmente a coros o presentaciones frente a públicos exclusivamente femeninos.

Este veredicto se enmarca dentro de un endurecimiento continuo de las medidas punitivas contra las ciudadanas que optan por no cubrirse la cabeza, una tendencia de desobediencia civil que se intensificó significativamente a escala nacional a raíz de las protestas del movimiento «Mujer, Vida, Libertad» en septiembre de 2022, desencadenadas tras la muerte bajo custodia de la joven Mahsa Amini, arrestada por la denominada Policía de la Moral.

Adicionalmente, el sistema judicial y las autoridades de seguridad en Irán mantienen un monitoreo riguroso sobre el ciberespacio y las plataformas digitales, aplicando de manera regular restricciones, detenciones y condenas de inhabilitación a creadores de contenido, activistas y artistas que difunden material audiovisual de manera independiente y sin la aprobación de los ministerios regulatorios del Estado.

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