Pienso que no se han desarrollado políticas públicas para el colectivo de la diversidad sexual en los últimos años y eso es preocupante, porque es difícil, si no existen políticas públicas, abordar la formación de policías, la formación de la sociedad, la educación en jóvenes y adolescentes, los casos de violencia y discriminación por motivos de orientación sexual, identidad y expresión de género.
Hablar de las omisiones no significa que no ha habido pequeños avances, pero son muy pequeñitos, no son suficientes. En estos últimos 10 años, por ejemplo, se creó la Defensoría del Pueblo en materia de diversidad sexual, se creó la Fiscalía Nacional 98 en materia de derechos humanos para la diversidad sexual, se consolidaron algunas secretarías y oficinas municipales, estadales en todo el territorio nacional, pero obviamente es insuficiente para la gran demanda que tiene el colectivo Lgbti en Venezuela.
¿Cuáles deberían ser las políticas para un nuevo momento político, económico y social? Este punto empieza por el reconocimiento por parte de la presidenta encargada y del Programa Nacional de Convivencia y Paz de todas las necesidades que tiene el colectivo Lgbti, porque de una otra forma lo están reconociendo como una población en situación de vulnerabilidad.
Para el Programa Nacional de Convivencia y Paz, el colectivo de la diversidad sexual entró en las prioridades de los 100 días. Y eso impulsó a la presidenta encargada de la República a solicitarle a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia una doctrina que reconozca a la diversidad como un derecho humano fundamental.
Esto, que parece meramente simbólico, tiene gran poder, porque significa que volvemos a estar en el interés de quienes hoy ejercen el poder en Venezuela. Es el reconocimiento no solamente de nuestra vulnerabilidad, sino el llamado a hacer algo para solventar la vulnerabilidad.
El salto es gigantesco, porque estamos pasando de la omisión histórica que hemos vivido durante estos últimos años a un proceso de visibilización y actuación institucional. Se han dado reuniones con el Programa Nacional de Convivencia y Paz, se ha dado reuniones con el Tribunal Supremo de Justicia, con la Sala Constitucional. Ellos tuvieron la disposición de escucharnos, saben de estas demandas que tienen más de una década en el tribunal y que deben ser resueltas si verdaderamente queremos crear doctrina, porque la doctrina no nace de la nada. La doctrina nace de aquellas decisiones judiciales, jurisprudenciales a partir de las demandas que hacemos como colectivo. Esa doctrina, que termina siendo fuente del derecho, tiene que ser incluida en esas sentencias que deben emanar de la Sala Constitucional.
También nos encontramos con la Asamblea Nacional, con la Comisión de Desarrollo Social Integral, a la que le propusimos nuevamente la ley orgánica contra toda forma de discriminación; estamos esperando que pase a la plenaria de la Asamblea Nacional. También tuvimos encuentro con la defensora del Pueblo, Eglee González Lobato, quien se comprometió a hacer seguimiento a las denuncias y demandas que tenemos históricamente; asimismo, el Ministerio Público.
Hay un reconocimiento institucional de nuestras necesidades y hay una actuación función funcionarial al respecto en el Programa Nacional de Convivencia y Paz, Tribunal Supremo de Justicia y Asamblea Nacional. Podemos decir que estamos armando una articulación interesante entre los distintos poderes del Estado venezolano. Allí falta incluir, obviamente, el Consejo Nacional Electoral, que está bastante inmiscuido en estos derechos que hace falta reconocer a la población de la diversidad sexual, especialmente a la población trans y a las familias homoparentales.
El anuncio de la presidenta sobre la doctrina fue hace aproximadamente un mes, ¿no? Hay que dar el tiempo. Yo consideraría que en los próximos seis meses debe haber hechos concretos relacionados con esa doctrina, hechos concretos relacionados con los derechos que ya están establecidos en las leyes, hechos concretos con propuestas de políticas públicas atinentes a no discriminación, formación de funcionarios, campaña nacional a favor del respeto a las diferencias.
La doctrina es importante, porque es el sustento de las actuaciones. Ahora, independientemente de que la doctrina esté o no esté, también es cierto que hay políticas públicas con las cuales puedes resolver problemas. Pero el problema de la política pública es que va a depender de la voluntad del gobernante de turno, mientras que la doctrina permanece en el tiempo. Nosotras y nosotros estamos dispuestos a comernos las menudeces, pero nosotros queremos comernos el plato fuerte, y el plato fuerte es la doctrina, es la jurisprudencia, son las leyes. Porque la doctrina, la jurisprudencia, las leyes son las que reivindican la dignidad del ser humano.
Pero la doctrina es un desarrollo, un proceso. Y tenemos doctrina en la interpretación que hace la sentencia 190 del artículo 21 numeral 1 de nuestra Constitución, que es la prohibición de discriminación. La sentencia dice que «queda prohibida la discriminación también por motivos de orientación sexual». Y a partir de que esa sentencia ocurrió, en las leyes empezó a aparecer la inclusión de prohibición por motivos d orientación sexual.
¿Qué debería suceder en lo inmediato? Deberíamos tener en este mes una sentencia, como mínimo, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Cualquiera de las cinco sentencias de las cinco demandas que se encuentran allí.
-Por la omisión legislativa al no debatir el anteproyecto de ley de matrimonio civil igualitario.
-Nulidad del artículo 44 del Código Civil que establece el matrimonio entre un solo hombre y una sola mujer, por inconstitucional y porque discrimina a otras personas para poder acceder a la institución del matrimonio civil que es un contrato civil; no estamos hablando de asuntos religiosos.
-La identidad de las personas trans, que tiene un recurso por el caso de Tamara Adrián; y otro recurso por intereses colectivos y difusos, el cual está en fase de sentencia.
-La aclaratoria que se le pidió al TSJ de la sentencia de 2016 sobre las familias homoparentales.
-La nulidad del artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar, que si bien ya hay una sentencia por una solicitud de la Defensoría del Pueblo, para nosotras y nosotros es insuficiente, porque no se mete a decidir sobre el fondo del asunto, que es la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad y expresión de género. Hablamos de casos reales que han ocurrido dentro de la Fuerza Armada porque se ha perseguido, se ha expulsado y se ha criminalizado a personas de la diversidad sexual en razón de su orientación sexual. El recurso sigue allí, e insistimos en que sea decidido.
Esperamos que este mes se decida una, y apostaríamos a que sea la que está relacionada con la identidad de las personas trans, porque está solo de sentencia. Es una demanda que cumplió con todos los lapsos procesales y que se encuentra en fase de sentencia.
Ahora, ¿qué otra cosa debería ocurrir? Que el Consejo Nacional Electoral aplique definitivamente el artículo 146, porque además, vuelvo y repito, el artículo 146 no está ligado necesariamente a la identidad de género de las personas trans. El artículo 146 es una garantía para toda persona en Venezuela que desee ir a cambiarse su nombre y que se le reconozca el nombre con el cual se siente identificada. ¿Por qué le vas a imponer a una persona el tener que llevar el castigo de ser siempre nombrada con un nombre que la afecta psicológica y emocionalmente, y limita su libre desenvolvimiento de la personalidad? Para esto, necesitamos que el CNE publique en Gaceta Oficial la resolución que se encuentra en la Gaceta Electoral 1025: la resolución que definitivamente obliga a los registradores civiles a recibir todas las solicitudes sobre cambio de nombre. Al menos esas dos cosas deberían ocurrir es mes como parte del Ogullo Lgbti.
Para este mes también esperaríamos que la Asamblea Nacional asuma con responsabilidad la primera discusión de la ley orgánica contra toda forma de discriminación. Son asuntos que se pueden llevar paralelamente. Uno de los grandes problemas que tenemos en Venezuela es que no hay castigo para la discriminación. Hay una ley contra el odio, ciertamente, pero la ley contra el odio ha quedado desnaturalizada, se ha desviado su verdadera funcionalidad. Hay procesos de discriminación que no tienen una difusión masiva en medios de comunicación y redes sociales, sino que ocurren en espacios íntimos, en el acceso a determinados derechos y servicios. Quien discrimine debe sentir una sanción económica, administrativa, penal. Esa ley se intentó en el periodo legislativo anterior, en el año 2022, y fue sepultada por la presión de los grupos conservadores y antiderechos del país.
Nosotros hemos optado por no ponernos a discutir ni debatir públicamente con esos grupos, porque no tenemos absolutamente nada que debatir. Los derechos humanos no se debaten. El Estado venezolano está en el deber de garantizarlos porque así está establecido en nuestra Constitución. Nosotras y nosotros hemos optado por no entrar en ningún tipo de debate. En este momento nuestro único debate sería con las instituciones del Estado, que son las que tienen el deber de garantizar los derechos humanos de la diversidad sexual.





