Rechazada la querella contra Zapatero por sus vínculos con Maduro por falta de indicios

"No hay constancia de que el querellado haya percibido cantidad alguna procedente del Gobierno de Venezuela" declaró el magistrado Antonio Piña

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Un juez español ha rechazado investigar al expresidente socialista del Gobierno español José Luis Rodríguez Zapatero por delitos de narcotráfico, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal derivados de sus relaciones con el exmandatario venezolano Nicolás Maduro. Informó EFE.

En una resolución conocida ese lunes, el magistrado de la Audiencia Nacional Antonio Piña se opone a tramitar la querella presentada contra el político por la organización ultraconservadora Hazte Oír.

Argumenta que los hechos denunciados proceden de «fuentes abiertas», especialmente informaciones periodísticas, y apunta que no se han aportado indicios racionales de criminalidad que permitan abrir un procedimiento penal.

El juez analiza cada uno de los delitos que se atribuyen a Rodríguez Zapatero para concluir que no se puede confundir la creencia personal o popular con la existencia de hechos que tengan la entidad suficiente para la apertura de una causa penal.

«No se ha aportado hecho alguno que pueda relacionar al querellado con el delito de tráfico de sustancias estupefacientes o pertenencia a organización criminal y lo mismo cabe decir con la imputación de un delito de blanqueo de capitales«, observa Piña.

Cuestiona además que pueda decirse que la colaboración que Rodríguez Zapatero haya podido tener con el Gobierno de Venezuela en determinados ámbitos sea suficiente para considerar que ayudaba de forma consciente al sostenimiento de una organización criminal.

Respecto a los delitos de blanqueo de capitales denunciados, el magistrado considera que se basan en informaciones generalistas: «No hay constancia de que el querellado haya percibido cantidad alguna procedente del Gobierno de Venezuela«.

Y en el caso de que así hubiera sido, continúa el auto judicial, solo se podrían considerar como delictivas aquellas cantidades que hubiese percibido por su intervención ilícita o por ser conocedor de que esas cantidades procedían de la comisión de un delito.

Por tanto, «no es permisible la apertura de diligencias prospectivas destinadas a la averiguación patrimonial sin la existencia de indicios de criminalidad», deduce el juez.

La Fiscalía Antidroga se opuso a la querella porque en ella «ni se describen mínimamente ni se imputan auténticos hechos de apariencia delictiva, sino que se recogen conjeturas, suposiciones y/o deducciones infundadas y carentes del más mínimo sentido descriptivo ni apoyo fáctico alguno».

Al conocer el criterio de la Fiscalía, Hazte Oír optó por ampliar la querella para acusar a Zapatero de partícipe o colaborador necesario en delitos de lesa humanidad y torturas, entre otros.

Ahora el juez responde que no se debe «confundir» el conocimiento que pudiera tener Rodríguez Zapatero de la existencia de «presos políticos», que era de carácter general, «con la implicación directa del querellado en la decisión o mantenimiento de esta situación».

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