CorteIDH condena a Venezuela por violar derechos políticos de Capriles en comicios de 2013

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La sentencia señala que durante la campaña hubo uso de medios de comunicación públicos, declaraciones y movilizaciones de funcionarios del Estado, presiones indebidas, y uso de recursos públicos para la cobertura y promoción de Nicolás Maduro, y que las autoridades judiciales rechazaron más de 300 denuncias de irregularidades presentadas por Capriles

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este lunes a Venezuela por violar los derechos políticos del excandidato presidencial Henrique Capriles durante el proceso electoral del 2013, lo que incluyó la negación a una auditoría de votos y el «uso abusivo del aparato estatal» en favor del entonces «presidente encargado» Nicolás Maduro.

El Estado es responsable por violaciones a los derechos políticos, garantías judiciales, protección judicial, libertad de expresión, y el derecho a la defensa, dijo la presidenta de la CorteIDH, Nancy Hernández, en un acto de notificación de la sentencia a las partes, transmitido por las redes sociales, para el cual el Estado venezolano no acreditó representantes.

Capriles obtuvo el 49,12 % de los votos contra el 50,61 % de Maduro, según los resultados anunciados entonces por el Consejo Nacional Electoral de Venezuela, en una contienda electoral que estuvo precedida por la muerte del expresidente Hugo Chávez Frías el 5 de marzo de 2013, tras lo cual, Maduro, quien fue vicepresidente ejecutivo, ejerció como «presidente encargado»

«La Corte constató que el proceso electoral tuvo lugar en un contexto progresivo de deterioro de la separación de poderes en Venezuela y de la independencia del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Supremo de Justicia», afirmó la jueza Hernández.

La jueza también explicó que la CorteIDH «acreditó la existencia de un uso abusivo del aparato del Estado durante el proceso electoral que favoreció al candidato oficial Nicolás Maduro y afectó la integridad del proceso electoral y los derechos políticos del señor Capriles y de sus electores».

«La actuación del Estado constituyó un abandono de los principios fundamentales del estado de derecho en tanto desconoció las reglas previstas en el derecho interno para limitar el poder y hacer posible el juego democrático, y permitió el uso del aparato del Estado para favorecer al candidato oficial antes, durante y después de la elección», manifestó Hernández.

Los jueces señalaron que «la afectación a la integridad del proceso electoral, y la falta de equidad en este, afectó el derecho de los electores venezolanos a elegir libremente a sus gobernantes».

La CorteIDH también determinó que una multa impuesta por las autoridades venezolanas a Capriles tras presentar recursos para la revisión de votos, constituyó una violación al derecho a la libertad de expresión y de pensamiento.

En la sentencia, el tribunal internacional ordenó al Estado venezolano tomar las medidas necesarias para dejar sin efecto la multa a Capriles.

La CorteIDH también ordenó al Estado «adoptar medidas para garantizar la integridad de los procesos electorales» y para «garantizar la posibilidad de verificación de resultados electorales».

Otra orden del tribunal es la de «facilitar el acceso libre y equitativo de los candidatos a los medios de comunicación» públicos y de alcance general y medidas para garantizar la independencia del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Supremo de Justicia. 

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