Además, se recuerda que todo el material electoral consignado por el CNE «queda en resguardo» del TSJ, lo que mantiene la imposibilidad de acceder a las actas de votación de cada centro, algo que la comunidad internacional ha pedido revisar para certificar o no el resultado anunciado
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó este viernes una solicitud de revisión constitucional de la sentencia que convalidó los resultados de las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio, que fueron denunciados como fraudulentos y no es reconocido por numerosos países.
La Sala Constitucional del Supremo declaró inadmisible la solicitud, que había sido introducida el pasado 25 de septiembre por el excandidato presidencialm, Enrique Márquez, en una acción que contó con el respaldo de una veintena de dirigentes disidentes del chavismo y de la cúpula tradicional del Partido Comunista de Venezuela (PCV).
En la decisión se asegura que el peritaje hecho por la Sala Electoral del TSJ para convalidar la reelección de Maduro -que no pudo ser seguido y verificado por representantes de la oposición mayoritaria- «fue efectuado de manera impecable con las debidas garantías, a través del cual se comprobó la integridad inobjetable» del boletín anunciado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), según la institución.
«Todo lo cual fue constatado por esta Sala Constitucional, reafirmando así que, a través del proceso electoral realizado el 28 de julio de 2024, quedó expresada la voluntad del pueblo venezolano», subraya la sentencia.
Asimismo, la nueva decisión del TSJ -integrado casi en su totalidad por magistrados afines al chavismo- se ratifica que la reelección del presidente ha sido certificada «categóricamente».