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viernes, 13 marzo, 2026

Saab propone reformar la Constitución y la Lopna para «sancionar con dureza» los abusos sexuales a niñas, niños y adolescentes

Theodoraskis Morales Flores | @theodoraskis

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«Estamos elaborando una propuesta de reforma de la LOPNNA, que está centrada fundamentalmente en la actualización de los delitos de naturaleza sexual perpetrados contra niños, niñas y adolescentes», detalló el fiscal

El fiscal general de la República, Tarek William Saab, informa que en «el período enero-noviembre de 2022 se han registrado en todo el territorio nacional, un total de 1.494 casos por el delito abuso sexual a niños, niñas y adolescentes». Estas declaraciones las ofreció en la sede del Ministerio Público en el marco de la celebración del Día Interamericano del Ministerio Público. En ese particular, realiza un resumen de las actuaciones que ha hecho la fiscalía desde que él llego al cargo.

En ese sentido, sostuvo que «en vista del aumento significativo que hemos registrado de los delitos de abuso sexual contra la niñez y adolescencia y la aberración que denotan en sus perpetradores, decidimos impulsar medidas para sancionar con mayor dureza estos crímenes atroces».

«Estamos elaborando una propuesta de reforma de la LOPNNA, que está centrada fundamentalmente en la actualización de los delitos de naturaleza sexual perpetrados contra niños, niñas y adolescentes».

Explicó que esta propuesta «incluirá un agravante para delitos atroces que establecerá que en los casos que así se consideren, se debe condenar por el límite máximo de la pena atribuida al delito por el que se acusa al presunto victimario. También se establece un aumento de las penas en delitos de explotación sexual, abuso sexual, así como los relacionados a la difusión o exhibición de material pornográfico y exhibición pornográfica, previstos en la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos».

Desde su postura, sostiene que es necesario «abrir un debate en torno a las penas máximas aplicables en el país. Creo que es el momento de revisar si algunos delitos extremadamente graves, no merecerían una pena superior a los 30 años de prisión sin que haya beneficios procesales».

«Entendemos que para ello sería necesario realizar una enmienda a algunos artículos de la Constitución y del Código Orgánico Procesal Penal. Entendemos que para ello sería necesario realizar una enmienda a algunos artículos» como el Artículo 44 de Constitución, «específicamente a su Numeral 3», expresó.

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