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jueves, 05 febrero, 2026
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Estos son los puntos clave de la resolución del BCV para compra y venta de divisas

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La medida busca favorecer el desarrollo de la actividad económica nacional, indica el texto de la Resolución 19-05-01 emitida por el BCV

Este lunes el Banco Central de Venezuela (BCV) emitió la resolución 19-05-01, a través de la cual se establece la libre convertibilidad de la moneda en todo el país con el objetivo de favorecer el desarrollo de la actividad económica.

Estos son los puntos claves de la resolución emitida por el ente emisor:

  1. La resolución establece que los bancos autorizados podrán pactar sus divisas en el mercado a través de sus mesas de cambio.
  2. Las mesas de cambio se podrán realizar entre los clientes del banco o en transacciones interbancarias.
  3. Tanto personas naturales y jurídicas del sector privado, como organismos internacionales, representaciones diplomáticas, consulares, sus funcionarios y los funcionarios extranjeros acreditados en el país podrán realizar las operaciones de compra y venta de divisas.
  4. Los acuerdos resultantes de las operaciones se ejecutarán en cada jornada sin que ante ellos existan operaciones correspondientes con alguna cotización de compra o venta registrada.
  5. Los bancos deberán publicar el tipo de cambio promedio ponderado que resulte de las operaciones realizadas durante la jornada, y deben indicar el volumen de divisas transado.
  6. Los bancos deben informar diariamente al BCV las operaciones realizadas a través de las mesas de cambio.
  7. De acuerdo con la información suministrada por los operadores cambiarios, el BCV publicará diariamente en su portal web el tipo de cambio ponderado.
  8. Las personas interesadas en comprar o vender divisas, deben acudir directamente a los operadores cambiarios o utilizar los canales habilitados en la banca electrónica para efectuar las transacciones.
  9. Las transacciones se realizarán en los días hábiles bancarios.
  10. Los operadores cambiarios serán los encargados de liquidar las divisas en las condiciones que pacten con sus clientes.
  11. Los únicos requisitos para la oferta o demanda de divisas son: haber cumplido con los procesos ante el operador cambiario y ser cliente del banco.
  12. Es responsabilidad del operador cambiario adoptar las medidas necesarias para que las divisas transadas sean liquidadas oportunamente.
  13. Los bancos tendrán que enviar al BCV los reportes de las operaciones transadas durante la jornada hasta la 1:00 pm para que el ente emisor pueda determinar y publicar el tipo de cambio.

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