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domingo, 14 diciembre, 2025
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Los próximos pasos por el caso del capitán Acosta Arévalo: Investigar la cadena de mando y a los médicos que callaron las torturas

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El expediente por el crimen del capitán Acosta Arévalo sigue activo en la Corte Penal Internacional, enfatizó el abogado Alonso Medina Roa, director de la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia

Fue el pasado 4 de febrero cuando el tribunal condenó a 30 años de prisión a dos militares por torturar y matar al capitán Rafael Acosta Arévalo. En ese momento, el abogado Alonso Medina Roa, director de la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia, dijo que la sentencia era un avance, pero no suficiente. Y dejó la puerta abierta para nuevas acciones.

La sentencia fue dictada después de 12 audiencias, recordó.

Este lunes, Medina Roa destacó que el dictamen confirma que en Venezuela se tortura. Prácticamente todos los presos políticos militares han sido torturados. Pero el ensañamiento contra Acosta Arévalo se evidenció en el informe forense. Los que parece que no lo vieron son los médicos del Hospital Militar de Caracas, que concluyeron -horas antes de su muerte- que el militar supuestamente estaba bien.

La Coalición solicitó que se investigue a los médicos, unos cinco profesionales de la salud del Hospital Militar Carlos Arvelo, por no actuar y no brindar las atenciones necesarias que pudieron haber evitado la muerte del oficial. El abogado remarcó que hay responsabilidad penal por acción y por omisión, y que los médicos fueron negligentes al no ofrecerle mejor atención a una persona que tenía fracturas, quemaduras y hematomas.

Y también demandó una investigación de la cadena de mando relacionada con el asesinato, porque parten de la premisa de que los militares condenados no actuaron por cuenta propia.

Medina Roa enfatizó que la cadena de mando tiene que ver con la Dgcim. Los dos condenados formaban parte de un grupo, con varios superiores. La cadena tiene eslabones que pueden llegar muy arriba.

El Código de Deontología Médica establece, en su artículo 7, que si un médico es llamado para atender a una persona privada de libertad, y comprueba que ha sido objeto de malos tratos, debe informar a la autoridad judicial y a los organismos gremiales. Los que vieron a Acosta Arévalo no lo hicieron.

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