Para atender la emergencia habitacional surgida tras el doble sismo de hace casi un mes y acelerar la recuperación del mercado inmobiliario, la Asamblea Nacional dio luz verde en primera discusión a la Ley del Régimen Especial de Arrendamiento de Inmuebles Destinados a Vivienda.
La decisión, respaldada por unanimidad en el hemiciclo el pasado 14 de julio, atiende a una solicitud expresa del gobierno encargado de Delcy Rodríguez orientada a multiplicar la oferta de alojamientos disponibles para las miles de familias damnificadas por la catástrofe telúrica.
Contrapunto realizó un resumen con los 15 puntos más importantes que benefician a los inquilinos de este proyecto, que cuenta con 27 artículos y cuatro capítulos:
Vivienda como derecho fundamental: La ley reconoce que la vivienda no es solo un bien de cambio, sino un espacio esencial para el desarrollo de la personalidad y la protección de la familia.
Protección específica para la juventud: Uno de los fines primordiales es fomentar el arrendamiento como un mecanismo que facilite la emancipación y satisfaga las necesidades de vivienda del sector joven.
Garantía de habitabilidad: Se prohíbe terminantemente el arrendamiento de viviendas en zonas de alto riesgo o estructuras precarias que pongan en peligro la vida o salud del inquilino.
Estándares mínimos de calidad: El inmueble debe cumplir con condiciones mínimas de seguridad y salubridad; no se pueden arrendar viviendas con materiales inadecuados o construcciones no culminadas.
Límite a los ajustes del canon: Los aumentos de alquiler en caso de prórroga están topados técnicamente por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Banco Central de Venezuela, evitando la especulación.
Derecho a pagar en bolívares: Aunque el contrato se pacte en moneda extranjera, el inquilino tiene el derecho legal de pagar el equivalente en bolívares a la tasa oficial del Banco Central de Venezuela.
Responsabilidad del propietario en reparaciones mayores: El arrendador debe costear todas las reparaciones cuyo valor exceda el 30% del canon de arrendamiento mensual.
Límite a las garantías exigidas: Los depósitos en garantía o pólizas de seguro no pueden exceder el monto equivalente a tres meses de alquiler.
Reintegro rápido del depósito: El arrendador está obligado a devolver el depósito íntegro en un plazo máximo de 15 días continuos tras finalizar la relación, una vez verificado el estado del inmueble.
Exoneración de gastos de condominio: El pago del condominio y de los impuestos inmobiliarios urbanos corresponde exclusivamente al propietario, no al inquilino.
Preferencia ofertiva: Si el inquilino tiene más de dos años en la vivienda y está solvente, tiene el derecho preferente de comprar el inmueble antes que cualquier tercero si el dueño decide venderlo.
Derecho a la terminación unilateral: El inquilino tiene la libertad de finalizar el contrato en cualquier momento de manera unilateral.
Indemnización por salida anticipada limitada: En caso de que se acuerde una indemnización por terminar el contrato antes de tiempo, esta no podrá superar los dos meses de alquiler.
Justicia rápida y accesible: Se promueven mecanismos de mediación y arbitraje para resolver conflictos de forma expedita, evitando juicios largos y costosos.
Control judicial estricto sobre desalojos: Un desalojo físico solo puede ser ordenado por un tribunal judicial o arbitral, garantizando que el uso de la fuerza pública esté siempre apegado a la legalidad y al debido proceso.
Este proyecto de ley presenta diversos beneficios para el inquilino, enfocándose en la seguridad jurídica, la habitabilidad y el equilibrio económico. Segun las autoridades, la normativa busca desjudicializar los procesos, estableciendo causales claras para la terminación de contratos y procedimientos rápidos de desalojo mediante tribunales o árbitros. Finalmente, se garantiza la irretroactividad de la ley, manteniendo los contratos previos bajo la legislación antigua para proteger situaciones jurídicas ya consolidadas.





