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viernes, 29 marzo, 2024
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Estatuto de la Función Policial: «No es necesaria su reforma, sino que se haga cumplir»

Rosibel Cristina González @RosibelCGV

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Así lo indicó el abogado penalista Luiz Izquiel, quien considera la necesidad de supervisar las normas de comportamiento policial, ingreso y del desarrollo de la carrera

La Ley del Estatuto de la Función Policial – creada bajo el decreto Nº 2.728 de fecha 21 de febrero de 2017 y publicada en la Gaceta Oficial N° 41.101 de fecha 22 de febrero de 2017- será sometida a reforma.

Durante una entrevista en el programa «Seguridad en Acción» del Ministerio de Interior, Justicia y Paz, el viceministro del Sistema Integrado de Policía (Visipol), G/D (general de división) José Gregorio Rojas, refirió que se prevé «consolidar mecanismos que busquen fortalecer el servicio de policía en el país y proteger a quienes nos protegen, así como la regulación de los rangos policiales y niveles jerárquicos que garanticen la estandarización del modelo policial venezolano».

Una vez que el parlamento apruebe la reforma de la Ley del Estatuto de la Función Policial -en primera discusión- comenzará un proceso de consulta en el país, para concretar los aportes que tengan a bien realizar los organismos de seguridad ciudadana.

Al respecto, el abogado penalista y criminalista Luis Izquiel, experto en temas de seguridad ciudadana, refirió que más que una reforma, el estatuto necesita cumplirse en su totalidad.

«Que se hagan cumplir los derechos a los funcionarios y que sean supervisadas las normas de comportamiento policial, las normas de ingreso y del desarrollo de la carrera policial», sentenció el también profesor de criminología en la Universidad Central de Venezuela.

Indicó que el estatuto de la función policial fue aprobado en el año 2009, junto con la Ley del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana. «Estas dos leyes se enmarcaban en una supuesta reforma policial planteada en el país. De allí surgió la creación de la PNB y la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (UNES). Este par de leyes complementarían la reforma policial , ofrecida para ese año», consideró Izquiel.

Explicó que el estatuto rige la forma de ingreso de los aspirantes a la carrera policial, ascensos, deberes y derechos, órganos internos que supervisan la actuación policial, remuneraciones, beneficios sociales «por nombrar algunos elementos», dijo Izquiel.

Y agregó que «eso claramente no se cumple. Por ejemplo el artículo 15, numeral 5, refiere que los funcionarios policiales tienen derecho a la salud y recibir atención médica de emergencia, y vemos frecuentemente que muchos funcionarios policiales heridos en el cumplimiento de sus funciones, son ruleteados por distintos centros asistenciales, algunos mueren mientras son trasladados de un hospital a otro».

Acotó que el numeral 6 señala que todos los funcionarios tienen derecho a una vivienda cómoda, segura y con servicios básicos necesarios. «Pero vemos a policías que viven en los barrios, dominados por organizaciones criminales, que los obligan a desplazarse junto a sus familiares».

A juicio de Izquiel, a los cuerpos policiales deben ingresar personas idóneas «y vemos cómo muchos aspirantes presentan registros policiales y tienen conductas inapropiadas».

Finalmente, comentó que de no ser reformado, ocurrirá como todos los procesos en el pasado. «Probablemente forme parte de una nueva oferta de reforma del sistema policial en Venezuela, que ya ha tenido una cantidad de antecedentes fallidos, por ejemplo, la Conarepol, cuyo proyecto quedó en el olvido», puntualizó.

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