El 19 de abril Edgar Flores fue detenido por funcionarios del Cicpc, después de reclamar su derecho a surtir su carro de gasolina
El presidente de la Confederación Sordos de Venezuela (Consorven), Juan Ángel De Gouveia, informó que este martes 30 de junio fue puesto en libertad condicional Edgar José Flores, joven con discapacidad psicosocial, quien el pasado 19 de abril del 2020 fue detenido en Churuguara, estado Falcón, por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), alegando delitos de incitación al odio, lesiones personales y resistencia a la autoridad.
“Es preciso destacar que Edgar Flores, de 29 años de edad, tiene síntomas asociados a trastorno esquizoide, y en vista de esa discapacidad, nunca debió ser detenido ni procesado penalmente; fue privado de libertad de manera arbitraria, luego de exigir su derecho a surtir su carro de gasolina en una estación del estado Falcón”, recordó De Gouveia.
Agregó que el pasado 16 de junio, Consorven, Provea (Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos) y varias organizaciones que defienden los derechos humanos en Venezuela hicieron un llamado conjunto al Estado venezolano, para que cumpliera el mandato constitucional de velar y hacer valer -a toda persona sin discriminación alguna- sus derechos humanos.
“En el comunicado exhortamos a garantizar a este joven con discapacidad sus derechos contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como el derecho a la Defensa y al debido proceso, igualdad de condiciones ante la Ley; en concordancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y con el Código Penal Venezolano, donde en su artículo 62, establece claramente que las personas con enfermedades mentales suficientes, no pueden ser imputados bajo ningún contexto”.
Pese a la condición de Flores, el Tribunal Segundo de control de la circunscripción Judicial Penal de Coro lo imputó y quedó privado de libertad.
Se pudo conocer que familiares de Edgar Flores estaban esperando desde hace tres semanas la decisión de revisión de medidas. “Este hecho sigue siendo una arbitrariedad, en virtud que él es un sujeto que no puede ser imputado por su condición psiquiátrica, con un tratamiento estricto que debe cumplir al pie de la letra, respetando los horarios para la ingesta de sus medicamentos”.
De Gouveia recordó que, al momento de la audiencia de presentación, la jueza desestimó el informe psiquiátrico forense suscrito por un experto, el cual cumplía con todos los requisitos para ser incorporado y valorado como medio probatorio en la audiencia de presentación. “Esto no fue tomado en cuenta, alegando que Flores tenía buen aspecto físico y que se defendía muy bien, porque es abogado. La jueza simplemente manifestó que Flores no tenía discapacidad psicosocial, y es cuando proceden acordar la privativa de libertad”.