Solo podrán acogerse a él los condenados que hayan cumplido más de un tercio de su sentencia, más de una vez, en los delitos previstos en el proyecto de ley
Un proyecto de ley que autoriza la castración química voluntaria de violadores reincidentes avanzó este miércoles en el Parlamento brasileño al recibir el aval de la comisión de Constitución y Justicia del Senado.
La iniciativa permite a los condenados más de una vez por un delito de violación sexual «a someterse a un tratamiento químico hormonal para contener su libido en un hospital de custodia, siempre que acepte el tratamiento», de acuerdo con la Cámara Alta.
En caso de que se someta al proceso de castración química, el condenado reincidente podrá cumplir su pena en libertad condicional durante el tratamiento y una vez que una comisión médica constate que ha empezado a surtir efecto en el reo.
Otra de las condiciones es que solo podrán acogerse a él los condenados que hayan cumplido más de un tercio de su sentencia, más de una vez, en los delitos previstos en el proyecto de ley.
El senador Eann Styvenson Valentim, autor del proyecto y militar de profesión, dijo que la castración química es una medida «adecuada y necesaria» para «disminuir los delitos sexuales, que son extremadamente elevados» en el país.
También defendió que dicha propuesta, inspirada en una parecida vigente en el estado de California (Estados Unidos), es más «eficiente» que la tobillera electrónica a la hora de reducir la reincidencia.
De acuerdo con el Senado, la legislación californiana permite la castración química voluntaria desde la primera condena, pero la convierte en obligatoria, si hay reincidencia, salvo que el condenado opte por la castración quirúrgica, de efectos permanentes.
El senador Angelo Coronel, relator del proyecto, expresó su respaldo al mismo, ya que los casos de reincidencia indican que el condenado «tiene una predisposición natural, cultural y psíquica que le hace propenso a comportamientos sexuales violentos».
La propuesta seguirá ahora su trámite en la Cámara de Diputados, salvo que se presente un recurso para su apreciación inmediata en el pleno del Senado.