Las facultades de control del Parlamento se extienden a contratos suscritos por órganos y entes de la Administración Pública Nacional, esto incluye a empresas del Estado constituidas en Venezuela, como es el caso de Pdvsa
La procuraduría especial designada por la Asamblea Nacional (AN), presidida por Juan Guaidó, aclaró este miércoles 3 de junio que el refinanciamiento de la deuda de Citgo no está sometido al control del Parlamento, debido a que no es una empresa constituida en Venezuela.
A través de un comunicado, la oficina señaló que «el refinanciamiento de deuda de Citgo Petroleum Corporation no se somete al control autorizatorio previo de la Asamblea Nacional con fundamento en el artículo 187 de la Constitución, a diferencia de las operaciones financieras de Petróleos de Venezuela, S.A. (Pdvsa)».
En tal sentido, se destacó que «en concreto, el caso del refinanciamiento del Bono Citgo 2020, emitido en 2016 como una deuda asegurada, versa sobre la obligación original, contraída en 2016, y no sobre la garantía otorgada en su momento».
Precisan que dicho argumento se ha presentado por el bono de Pdvsa 2020, porque «fue emitido por Pdvsa, para supuestamente financiar operaciones propias de su giro o tráfico, pero otorgando en garantía el 50,1% de las acciones de Citgo Holding, Inc. Esa garantía fue otorgada en beneficio del giro o tráfico de Pdvsa”.
«Por consiguiente, los contratos del Bono Pdvsa 2020 sí se someten al control previo de la Asamblea, al ser contratos de interés público nacional suscritos por un ente de la Administración Pública Nacional domiciliado en Venezuela (Pdvsa), con ocasión a su giro o tráfico, tal y como la Asamblea Nacional advirtió en Acuerdo del 27 de septiembre de 2016», resaltó el documento.