Todo lo que usted necesita saber sobre la extensión de la inamovilidad laboral en Venezuela

Vanessa Davies

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El abogado y profesor Jair de Freitas recuerda que, incluso con la inamovilidad laboral, los empleadores pueden recurrir a las inspectorías del trabajo para solicitar la calificación de despido en caso de incumplimiento

Hasta diciembre de 2022 fue prorrogada la inamovilidad laboral por la administración de Nicolás Maduro. También se mantiene el esquema 7X7, de cuarentena radical y flexibilización, con énfasis en el teletrabajo en las semanas de cierre. ¿Cuáles son las implicaciones? ¿Qué deben saber empleadores y trabajadores? El abogado y profesor universitario Jair de Freitas, en entrevista con contrapunto.com, aclara las dudas más comunes.

Hay decretos continuados y una política laboral que prohíbe los despidos, señaló De Freitas. Lo que cambia ahora es el tiempo de duración, porque será por dos años. También es verdad que las inspectorías están concentradas en los reenganches y tal vez menos en las calificaciones, señala. A su juicio, para fomentar el pleno empleo se debe buscar la creación de nuevas plazas de trabajo y no restringir los despidos.

Estos son algunos datos que empleadores y trabajadores necesitan saber:

1)Inamovilidad no implica imposibilidad de despedir si está justificado hacerlo. Los empleadores pueden iniciar el procedimiento ante la Inspectoría del Trabajo, y si se declara con lugar la solicitud, se puede prescindir de la relación laboral, precisa el docente.

Los trabajadores tienen el deber de cumplir con las funciones a su cargo, reitera. No cumplirlos es lo que abre las puertas a las causales de despido.

2)Hay causales de despido, incluso en inamovilidad laboral. Las causales están previstas en la ley orgánica del trabajo, recuerda el experto: inasistencias injustificadas (tres en un periodo de 30 días), retraso en la llegada al puesto de trabajo, incumplimiento de deberes, falta de probidad, abandono del trabajo.

3) Documentar. Lo importante, insiste, es que el empleador documente los incumplimientos «para que el procedimiento se inicie de manera robusta». Por ejemplo, tomar la asistencia. Luego, con todo documentado, se puede acudir a la Inspectoría para solicitar la calificación, con un escrito de solicitud. «Esto debe hacerse en un plazo no mayor de 30 días, contados a partir del momento en que ocurre el hecho o el patrono tiene conocimiento del mismo».

4)El trabajador injustamente despedido puede defenderse. «Lo primero que debe ocurrir es que el trabajador acuda a la Inspectoría del Trabajo» y recibir asesoría. Hay procuradores del trabajo que, de forma gratuita, pueden llevar estos casos: «Es un derecho» de los trabajadores. La carga de la prueba la tiene «quien afirme los hechos», por lo que le corresponde al empleador demostrarlo.

5)Pueden continuar las contrataciones. Si los procesos de solicitud de despido se realizaran con celeridad, y los empleadores recibieran respuestas afirmativas, esto ayudaría a destrancar las contrataciones, afirma el abogado. Pero el hecho de tener inamovilidad laboral, y un sistema lento para dar respuestas, lleva a los empleadores a no contratar nuevos trabajadores.

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