El ente emisor podrá vender divisas a los bancos para que estos la destinen a la compraventa de monedas extranjeras integradas al Sistema del Mercado Cambiario dirigidas a sus clientes del sector privado
El Banco Central de Venezuela (BCV) informó que participará en las mesas de cambio «cuando lo estime pertinente», a través de operaciones de venta de divisas con los bancos universales y microfinancieros.
A través de la resolución 19-05-03, el ente emisor estableció que estas transacciones se realizarán mediante el débito de la cuenta única que mantienen los bancos en el BCV por el monto en bolívares equivalente a la operación cambiaria.
El texto determina que las divisas vendidas a los bancos deberán destinarse a la compraventa de monedas extranjeras integradas al Sistema del Mercado Cambiario dirigidas a sus clientes del sector privado, excepto los sectores bancarios y el mercado de valores, al tipo de cambio aplicado por el BCV.
Las divisas vendidas a las instituciones bancarias serán liquidadas en depósitos especiales en moneda extranjera en el respectivo banco, los cuales serán movilizados de acuerdo con los servicios disponibles en el banco correspondiente.
Asimismo, el BCV podrá autorizar operaciones interbancarias con el objetivo de atender excesos de demanda final por parte de los clientes del sector privado de otros bancos.
«El Banco Central de Venezuela, mediante circular dictada especialmente al efecto, instruirá el procedimiento a seguir cuando, al cierre del último día hábil bancario de la semana correspondiente a cada intervención cambiaria, conforme a lo estipulado en el artículo 1 de esta Resolución, las instituciones bancarias mantengan un saldo no aplicado en operaciones con el público, según lo dispuesto en el encabezamiento del presente artículo», dice la resolución.