Con este decreto se establece que los emprendimientos debidamente registrados, quedarán exonerados del pago de dicha alícuota
En Gaceta Oficial 42.880, el Ejecutivo Nacional estableció en 9% la tasa de contribución especial por parte de las empresas privadas al nuevo Fondo de Pensiones. Dicho monto, estará anclado al ingreso mínimo integral indexado, que se fijó el pasado 1 de mayo en 130 dólares.
De acuerdo con el decreto número 4.952, de fecha 16 de mayo, la Ley de Protección a las Pensiones de Seguridad Social, quedan exonerados del pago mensual de dicho aporte aquellos emprendimientos que se encuentren «debidamente registrados ante el Registro Nacional de Emprendimiento (RNE)».
Bajo este orden de ideas, señaló que los beneficiarios de la exoneración, prevista en este decreto, «no estarán sujetos al deber formal de declarar los pagos realizados a las trabajadoras y trabajadores, durante la vigencia del beneficio».
El plazo máximo de duración de estas exoneraciones será de un año, contado a partir de la fecha de publicación de dicha Gaceta Oficial.