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sábado, 04 mayo, 2024
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TSJ anuló privativa de libertad contra 26 imputados en operación Manos de Papel

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La Sala Penal detectó que a los imputados se le violaron principios constitucionales, lo cual motivó que los magistrados se avocaran de oficio a conocer la situación

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anuló la privativa de libertad decretada contra 26 personas señaladas de favorecer el contrabando de gasolina hacia Colombia. Dicha decisión está contenida en la sentencia número 073 de la Sala Penal del máximo tribunal del país.

En esa misma decisión, los magistrados ordenaron sustraer el expediente original abierto en Táchira y enviarlo a Barinas, donde los 26 procesados serán presentados nuevamente ante un tribunal de control “quien deberá decidir con respecto a las medidas de coerción personal aplicables, sin incurrir en el vicio detectado y declarado por la Sala”.

En ese sentido, la Sala Penal detectó que a los imputados se le violaron principios constitucionales, lo cual motivó que los magistrados se avocaran de oficio a conocer la situación.

Los 26 imputados fueron detenidos en abril de 2018 en el marco de la operación Manos de Papel, lanzada por el gobierno para contrarrestar la extracción del cono monetario así como del combustible, según la explicación del ministro de Interiores Néstor Reverol Torres.

La Sala Penal indicó que el Ministerio Público “no aportó los argumentos que le permitieran solicitar medidas coercitivas distintas para los imputados. Foto: @TSJ_Venezuela

Las detenciones se produjeron tras la intervención de 19 concesionarios de vehículos asentados en San Cristóbal desde donde se ejecutó un plan para sacar gasolina de Venezuela y trasladarla a Colombia donde la comercializan a mayores precios. Durante el operativo las autoridades incautaron 492 vehículos y 47 motos.

Los detenidos fueron presentados ante el Tribunal 1° de Control con Competencia en Ilícitos Económicos del Táchira. Allí el Ministerio Público les imputó usura, contrabando de extracción, obtención de bienes y servicios, legitimación de capitales, uso indebido de divisas y posesión ilícita de arma de fuego.

El mencionado Tribunal decretó la privativa de 21 y liberó bajo presentación a cinco. Al respecto la Sala Penal indicó que el Ministerio Público “no aportó los argumentos que le permitieran solicitar medidas coercitivas distintas para los imputados, aun cuando median idénticas circunstancias para los mismos hechos delictivos; ni la Jueza, conocedora del derecho, explanó -como estaba obligada- las razones fácticas y jurídicas que sustentaran el decreto de unas y otras medidas coercitivas, contradiciendo con ello, tanto lo dispuesto en el artículo, 232 del Código Orgánico Procesal Penal (…) como lo establecido en el artículo 240 eiusdem».

Los magistrados también observaron que el tribunal tachirense acordó libertad plena para un grupo de detenidos en la operación Manos de Papel, “sin ningún argumento, omitiendo sustentar, cómo fue que las circunstancias de la detención, pudieron generar la imposición de medidas de coerción personal diferentes (privación judicial preventiva, cautelar sustitutiva y libertad plena). Lo cual sin lugar a dudas subvierte el debido proceso”.

Todo ello le llevó a concluir a la Sala Penal que el mencionado juzgado de Táchira ofreció un trato desigual un trato desigual “sin fundamento alguno, que crea inseguridad jurídica y un estado de incertidumbre que finalmente fractura el pronunciamiento, haciéndolo nulo ante una evidente violación de los derechos y garantías amparados por nuestra Constitución”.

Estos son los procesados en este caso:

  1. JULIO CESAR SEVILLANO CHARRY
  2. JESÚS ROSALES,
  3. HERMES SADDY CHACÓN ROSALES
  4. GUILLERMO GONZÁLEZ,
  5. WILSON TORRES,
  6. WALTER JAIMES,
  7. JONH BERMAN C,
  8. GUSTAVO ZAMBRANO,
  9. JHONNY ARELLANO,
  10. HUGO ARELLANO,
  11. MIKE ANDREW OMAR PARADA AMAYA,
  12. LUIS GERARDO ROLON,
  13. RICHAR GARCIA,
  14. JAIRO DURAN,
  15. EDUARDO SANTOS R.,
  16. JUAN DE JESUS CONTRERAS APONTE, ,
  17. LUIS FERNANDO SEGURA ARCE
  18. GREGORI CASIQUE,
  19. LUIS ENRIQUE GARCIA,
  20. JUAN CARLOS SANTANA, ,
  21. JESÚS ALFONSO ROSALES, ,
  22. EDUARDO ATENCIO,
  23. OSCAR SANCHEZ
  24. GUILLERMO ANTONIO GONZALEZ ESCALANTE,
  25. OSCAR SANCHEZ
  26. HAIVER XAVIER BARAJAS VELASCO

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