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jueves, 18 diciembre, 2025
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Ente electoral salvadoreño permitirá inscripción para reelección presidencial

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Los magistrados ordenan al Tribunal Supremo Electoral (TSE) permitir «que una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión»

El Tribunal Supremo Electoral (TSE), de El Salvador anunció este sábado 4 de septiembre, que acatará la orden de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de que se permita la inscripción para competir por una reelección presidencial inmediata, con lo que el presidente Nayib Bukele podría buscar un segundo mandato en 2024.

«El máximo organismo electoral de la República acatará las disposiciones emitidas por el máximo tribunal del país en materia constitucional, en las cuales se establece la opción de inscripción del presidente de la República para un segundo término», señaló el TSE en un comunicado.

Agregó que la inscripción se permitiría si quien ejerce la Presidencia «así lo desea y si un partido político legalmente inscrito lo postula para dicho cargo».

El ente, presidido por una magistrada propuesta por un partido oficialista, agregó que «reitera su compromiso con el pueblo salvadoreño y su apego irrestricto a las leyes y a la Constitución».

La noche del viernes, los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, nombrados el 1 de mayo, emitieron un fallo en el que revierten un criterio de 2014.

En dicho año, la Sala señaló que un presidente podría competir por el cargo nuevamente después de 10 años de dejar el poder.

En el fallo del viernes, los magistrados ordenan al Tribunal Supremo Electoral (TSE) permitir «que una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión».

Esto abre el camino para que Bukele, pueda buscar la reelección en 2024, dado que con la interpretación que se le dio en 2014 al numeral 1 del artículo 152 de la Constitución debía esperar hasta 2034.

De acuerdo con los jueces, dicha la interpretación de 2014 es «errónea» y apuntaron que, a su juicio, la Constitución permite que un ciudadano puede ser presidente por un máximo de 10 años.

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