El director de la ONG Acceso a la Justicia, Alí Daniels, advirtió que de no organizarse las respectivas elecciones, el Consejo Nacional de Universidades podría designar los rectores y vicerrectores
La sentencia Nº 324 del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sobre el proceso electoral en las universidades autónomas establece que sino se realizan elecciones dentro de los próximos seis meses se declara la vacante absoluta de las autoridades universitarias con periodo vencido, indicó el director de la ONG Acceso a la Justicia, Alí Daniels.
El también abogado explicó que de no realizarse las elecciones se activaría el artículo 20, con numeral 15 de la Ley de Universidades, que establece que en caso de falta absoluta de los rectores y vicerrectores, sería el Consejo Nacional de Universidades (CNU), quien designaría esas autoridades.
Recalcó que esta situación ya ha sido discutida en oportunidades anteriores, donde se ha señalado que lo que debe privar es lo que dicen los reglamentos de las universidades aunque existen algunos recintos autónomos que carecen de este marco jurídico.
“Tenemos la preocupación que se quiera aplicar este artículo para nombrar autoridades interinas que en realidad sean autoridades definitivas que nunca se realicen elecciones en las universidades autónomas”, concluyó Daniels.