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miércoles, 04 febrero, 2026
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TSJ declaró inadmisible recurso interpuesto por el general Pérez Gámez en el caso de magnicidio frustrado

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El general de División había solicitado, el pasado domingo 12 de mayo, profundizar las investigaciones relacionadas con el intento de magnicidio

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible la solicitud de avocamiento interpuesta por los defensores judiciales del general Alejandro Pérez Gámez, quien fue imputado por su presunta vinculación con el atentado en contra del presidente de la República, Nicolás Maduro, ocurrido el 4 de agosto de 2018 en la avenida Bolívar de Caracas.

Los delitos que se le atribuyen a Pérez Gámez son homicidio intencional calificado en grado de frustración en la persona del presidente de la república, homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración contra varios miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb), traición a la patria, lanzamiento de artefacto explosivo en reuniones públicas, daños violentos a la propiedad, terrorismo y asociación para delinquir.

Pérez Gámez había solicitado el 12 de mayo profundizar las investigaciones relacionadas con el magnicidio que se le imputa.

El equipo de abogados del alto oficial, conformado por Eliécer y Yalira Granda, sostuvo que la acusación carece de fundamento porque está soportada en una sola acta policial elaborada por la teniente Gabriela Alas, bajo la instrucción de Rafael Franco Quintero, director especial de Investigaciones Penales y Criminalísticas de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim), según documento enviado al diario Últimas Noticias.

La decisión N° 063-2019 de la Sala de Casación Penal reza que la petición de avocamiento no puede ser entendida como un mecanismo ordinario de revisión de procesos o sentencias, pues debido a su prudencia y excepcionalidad, no constituye un remedio procesal ante cualquier acto o decisión que fuere adversa a las partes.

Y mucho menos, si tales situaciones pueden ser impugnadas a través del trámite de incidencia o con los recursos ordinarios, siendo que en la presente causa, el solicitante en el caso objeto de estudio ejerció el recurso de apelación sin dejar constancia sobre el agotamiento del mismo, por cuanto de la documentación que aportó no se observó ningún resultado al respecto, lo cual es un requisito indispensable para la admisión del avocamiento.

Alejandro Pérez Gámez, para el momento del atentado con drones ocurrido el año 2018, durante el acto con motivo de la Conmemoración del Octogésimo Primer Aniversario de la GNB, se desempeñaba como director de los Servicios para el Mantenimiento del Orden Interno de la Guardia Nacional.

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