El Poder Judicial explicó que el parlamento venezolano se encuentra en desacato y por ende todos sus acuerdos no tienen validez legal. Afirmó que aquel que acepte la designación incurrirá en delito
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la nulidad absoluta y la carencia de efectos jurídicos al acuerdo del cambio de directorio ad-hoc del Banco Central de Venezuela (BCV) y el rechazo a la designación de Calixto Ortega Sánchez como Presidente del BCV, ambos dictados por la Asamblea Nacional.
La decisión dejó establecido que quienes sean designados y/o acepten dicha designación incurren en delitos de usurpación de funciones y otros delitos relativos a corrupción, delincuencia organizada y terrorismo, entre otros.
Además, el dictamen reitera «el asalto al Estado de Derecho y a todos los poderes públicos por parte de la Asamblea Nacional, órgano que se encuentra en desacato y cuyos actos son absolutamente nulos».