La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N.° 5.414, mediante el cual la presidenta encargada de la República, Dra. Delcy Rodríguez Gómez, dictó el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional por un período de sesenta (60) días.
La decisión, contenida en la Sentencia N.° 0824 (expediente 26-0987) y emitida bajo ponencia conjunta con fecha de publicación del 11 de agosto de 2026, ratifica que el máximo tribunal del país es competente para revisar la legalidad del referido instrumento, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El Decreto N.° 5.414, originalmente suscrito el pasado 8 de agosto de 2026 y publicado en la Gaceta Oficial N.° 7.066 Extraordinario de la misma fecha, faculta al Ejecutivo Nacional para adoptar medidas extraordinarias en materia económica y financiera orientadas a atender la coyuntura del país.
En el dictamen, los magistrados de la Sala Constitucional ordenaron la publicación inmediata del fallo en la Gaceta Oficial, en la Gaceta Judicial y en el portal web institucional del TSJ.
Asimismo, se dispone que en el sumario oficial se especifique la ratificación plena del marco legal bajo el cual la Jefatura de Estado declaró la vigencia de la emergencia económica en la nación durante el lapso normado de dos meses.







