El Ministerio Público de Venezuela emitió un comunicado oficial con fecha 2 de junio de 2026, en el que informa las resultas de la investigación penal dirigida por un Fiscal Nacional en materia de protección de derechos humanos, en ocasión del fallecimiento del ciudadano Víctor Hugo Quero Navas, quien se encontraba privado de libertad en el Centro Penitenciario Rodeo I.
De acuerdo con el documento, el pasado 8 de mayo de 2026 se llevó a cabo la exhumación y posterior autopsia del cadáver. El procedimiento fue ejecutado por el equipo médico forense adscrito a la Dirección de Apoyo a la Investigación Penal del Ministerio Público, en compañía del Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forenses (SENAMECF), la Defensoría del Pueblo y familiares cercanos del fallecido, quienes contaron con la asistencia de su abogado de confianza.






Los estudios correspondientes determinaron una data de muerte aproximada de entre 10 meses y un año. A través de la necropsia de ley, junto con análisis histológicos, toxicológicos y demás experticias complementarias que contaron con el apoyo de establecimientos privados de salud del país, las autoridades dictaminaron que el deceso se produjo a causa de un tromboembolismo pulmonar, reportándose que no se evidenciaron lesiones traumáticas en el cuerpo.
Asimismo, con el propósito de establecer la plena identidad de los restos, el Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) realizó, a solicitud del Ministerio Público y bajo parámetros científicos y estadísticos internacionales, una experticia genética. Para ello, se comparó una muestra de tejido óseo (fémur) extraída del cadáver con una muestra biológica de sangre de la ciudadana Carmen Teresa Navas. El resultado arrojó una filiación biológica con una probabilidad estadística estimada del 99,496%, confirmando que los restos exhumados corresponden al hijo de la mencionada ciudadana.
En el marco de esta investigación penal, el Ministerio Público recabó múltiples elementos de convicción que incluyeron inspecciones técnicas, fijaciones fotográficas de los lugares relacionados con el hecho, actas de entrevistas, levantamiento planimétrico, reconstrucción versada de los hechos, experticias de extracción de contenido de registros fílmicos y la colección de la historia clínica, entre otras diligencias.
La institución fundamentó la totalidad de las actuaciones conforme a lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal y bajo los principios que rigen la investigación de muertes potencialmente ilícitas. Finalmente, el Ministerio Público ratificó el compromiso, dentro de sus atribuciones constitucionales y legales, de continuar velando por el respeto y la garantía de los derechos humanos en los centros penitenciarios y demás establecimientos de reclusión del país.




