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miércoles, 24 abril, 2024
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AN mantiene su posición: Elecciones solo se podrán hacer después del «cese de la usurpación»

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Cualquier proceso electoral necesita instituciones imparciales e independientes y observación nacional e internacional, subrayó el Poder Legislativo. También declaró «inexistentes» los comicios presidenciales del 20 de mayo

La ruta de la Asamblea Nacional (AN) para salir de la crisis se mantiene exactamente igual que como fue planteada en enero de este año: para celebrar elecciones es preciso el «cese de la usurpación» por parte del mandatario Nicolás Maduro.

En un acuerdo de ocho puntos, el Poder Legislativo ratificó que las elecciones presidenciales del 20 de mayo de 2018 son «inexistentes».

Estos son los ocho puntos del acuerdo de este martes:

PRIMERO. Ratificar lo acordado por esta Asamblea Nacional en su Acuerdo de fecha 22 de mayo de 2018 y declarar como inexistente la farsa realizada hace un año, que se ha constituido en el mayor fraude continuado a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, lo que ha ocasionado la usurpación de la Presidencia de la República.

SEGUNDO. Remarcar las consecuencias directas e indirectas que ha traído a toda la sociedad venezolana, el hecho de que no se hayan realizado unas elecciones universales, directas y secretas, con reconocimiento tanto nacional como internacional, ocasionando el aislamiento diplomático, político, financiero y comercial del país, con profundas consecuencias para la sociedad venezolana.

TERCERO. Recordar que, como resultado directo de la ausencia de
elecciones presidenciales, esta Asamblea Nacional, tuvo que declarar la
usurpación de la Presidencia de la República y asumir las competencias de la
rama ejecutiva del Poder Público Nacional, con pleno reconocimiento de los
miembros de la comunidad internacional.

CUARTO. Insistir en que todo proceso electoral debe ser realizado en el marco de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el profundo respeto al marco legal interno y a los principios universales que rigen a unas elecciones democráticas. Estas elecciones sólo se podrán realizar luego del cese de la usurpación.

QUINTO. Reiterar la necesidad de celebrar un proceso electoral libre, justo, transparente y auténtico, con instituciones de arbitraje electoral imparciales que garanticen el respeto de la Constitución y la ley, donde se respete y asegure el derecho a elegir y ser elegido.

SEXTO. Recalcar la necesidad de contar con un sistema de observación tanto nacional como internacional, como mecanismo auxiliar para asegurar la integridad de todo proceso electoral.

SÉPTIMO. Destacar que es la soberanía intransferible del pueblo quien elige al Presidente de la República, a través de elecciones libres, y mediante el sufragio les transfiere legitimidad a los órganos del Poder Público, así como a las competencias del Presidente de la República y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

OCTAVO. Reconocer el inmenso apoyo de la comunidad internacional en la continua lucha que viene realizando esta Asamblea Nacional para el restablecimiento de las instituciones democráticas y el rescate del Estado Social de Justicia y Derecho que consagra nuestra Constitución.

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