Gobierno suspendió exenciones del IVA a un grupo de importaciones de bienes esenciales

La suspensión del régimen de exención aparece en el Decreto Presidencial N° 5.196, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.952, fechada el pasado 31 de diciembre de 2025

Fecha:

Comparte:

El gobierno nacional suspendió las exenciones previstas en el numeral 1 del artículo 17 del Decreto Constituyente de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado a las importaciones de alimentos, insumos agrícolas y productos básicos.

El numeral 1 del artículo 17 del Decreto Constituyente de Reforma Parcial de la Ley de IVA establece la exención del impuesto para determinadas importaciones de bienes muebles corporales, especialmente vinculadas a sectores productivos y esenciales.

Sin embargo, esta exención fue suspendida en 2025 mediante el Decreto N° 5145, que sustituyó la exención por un régimen de exoneración condicionada. Ahora las exenciones quedan suspendidas.

En consecuencia, los productos con la exención del IVA suspendida se agrupan en: Alimentos básicos: arroz, harina, pan, pastas, leche, queso, carnes, café, azúcar, sal. Productos agrícolas y pecuarios: semillas certificadas, animales vivos para cría o matadero, fertilizantes, insumos biológicos.

Además, también se incluyen Medicamentos y principios activos, vacunas y sueros. Bienes culturales y educativos: libros, periódicos, papel para ediciones; así como otros insumos: aceites vegetales, maíz, sorgo, soya, vehículos adaptados para personas con discapacidad.

La suspensión del régimen de exención aparece en el Decreto Presidencial N° 5.196, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.952, fechada el pasado 31 de diciembre de 2025, por lo que este instrumento legal está firmado por el presidente Nicolás Maduro.

Por otra parte, en el artículo 2 se mantienen exenciones del IVA a «las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, realizadas por los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, así como las realizadas con recursos propios, por las personas naturales o jurídicas, clasificados en los códigos arancelarios señalados en el Apéndice I que forma parte integrante de este Decreto».

La lista de productos exonerados, según este artículo, ampara a los productos incluidos en 1.445 códigos arancelarios.

Para contactarnos escribe a nuestro correo editorial [email protected]
Recibe la actualización diaria de noticias a través de nuestro Grupo WhatsApp 
Twitter | Instagram

━ más como esto

Amelia Belisario y la reforma de la Ley Contra el Odio: Vamos a esa comisión a generar los cambios que demandan los venezolanos

La diputada ante la Asamblea Nacional (AN), Amelia Belisario señaló desde el grupo parlamentario Libertad que frente al próximo debate sobre la Ley Constitucional...

El impacto del dinero en la MLB: entre las nóminas multimillonarias y la eficiencia deportiva

La relación entre las inversiones salariales de la Major League Baseball y el rendimiento en el terreno de juego marca el panorama competitivo de...

La sorpresiva carta del papa León XIV que llegó a los Medias Blancas antes del inicio de los playoffs

Los Medias Blancas de Chicago recibieron este martes un importante mensaje del papa León XIV en el Rate Field de Chicago, justo antes de...

Representantes de colegio de El Junquito rechazaron rezonificación de casi 2.000 estudiantes por familias refugiadas en la institución

Por medio de una asamblea comunitaria, padres y representantes de la Unidad Educativa Nacional Luis Hurtado Higuera, ubicado en el kilómetro 12 de El...

Este es el valor del dólar del BCV para este miércoles #30Sep

El Banco Central de Venezuela (BCV) informó que la tasa de cambio que regirá las operaciones económicas de este miércoles será de 859,06 bolívares...