La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró «sin lugar» la acción de nulidad por motivos de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos.
A través de la Sentencia N° 0827, el máximo juzgado venezolano ratificó la plena vigencia de la normativa y dictaminó como «inoficioso» pronunciarse sobre la medida cautelar de suspensión de efectos que había sido solicitada por los demandantes.
El recurso judicial desestimado había sido introducido bajo la modalidad de acción popular por un grupo de destacados intelectuales, políticos y expertos petroleros, entre quienes figuran el economista Carlos Mendoza Potella, el dirigente Oscar Figuera, Gustavo Márquez Marín, Andrés Guissepe Ávalo y José Luis Ybrahim Esté.
Los demandantes argumentaban que el nuevo articulado lesionaba los postulados de soberanía nacional y la potestad de control del Estado sobre las actividades de explotación y comercialización del crudo.





