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martes, 03 febrero, 2026
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«Recuperar confianza en institución del voto de cara a las presidenciales de 2024», propone como tarea Édgar Zambrano

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El dirigente político manifestó que «los artículos 63 y 64, del capítulo IV constitucional, empoderamiento sin ápices de ningún tipo al ciudadano para ejercer y proteger su derecho al sufragio, sin violentar el principio de progresividad de la ley»

«Recuperar la confianza en la institución del voto, es fundamental, prioritario, elemental, en la estrategia de la sociedad opositora vía elecciones presidenciales de 2024», así lo manifestó el primer vicepresidente de Acción Democrática (AD) en resistencia, Édgar Zambrano.

Sobre este particular precisó que «el voto de los compatriotas residentes en el extranjero es un pleno derecho sobre el ejercicio de las garantías constitucionales y derechos políticos, en acatamiento al ordenamiento jurídico establecido en la Carta Magna».

«Los artículos 5, 6 y 7 de la Constitución, plasmados en el título I, así lo determinan!», acotó sobre el tema constitucional del voto.

«El único requisito que exige nuestro ordenamiento constitucional para ser elector, es ser venezolano, mayor de edad, estar inscrito en el Registro Electoral (RE), no estar inhabilitado política ni civilmente», subrayó.

«Imponer una condición al venezolano que se encuentra en el extranjero de demostrar su condición legal en el país que reside, es una flagrante discriminación», aseguró el dirigente adeísta en reunión desde la casa del partido en Barquisimeto.

Zambrano destacó que de «producirse un adelanto a la fecha prevista para el evento electoral, deben redoblarse los esfuerzos, a los efectos de unir la esperanza de los venezolanos, para derrotar el fracaso que lesiona la nación en términos descomunales a través del sufragio».

«El voto es institución universal de la democracia, inhibir el derecho humano de expresarse a través de la manifestación de voluntad popular, tiene consecuencias bajo el imperio de la ley, como lo determinan los artículos 19, 20 y 25 del título III, capítulo I de la Constitución, dejando sin espacios para el dibujo libre a quienes ejercen cargos públicos, responsables del acatamiento constitucional», puntualizó.

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