Rafael Narváez sobre el caso de la abogada Eva Leal: «Tribunales militares invaden competencia del Ministerio Público y Poder Judicial»

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El exparlamentario se pronunció en torno al caso de la abogada que fue agredida por una funcionaria de la GNB y que además fue privada de libertad y luego excarcelada con medidas cautelares

«Justicia militar pisotea a la jurisdicción ordinaria al desconocer al Juez natural establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela».

«Nuevamente tribunales militares invaden la competencia del Ministerio público y el Poder judicial al pretender procesar penalmente a la abogada Eva Luna, quien fue víctima de Torturas ,tratos crueles e inhumanos y abuso de poder por parte de funcionaria de la ya conocida GNB por ser el cuerpo más represivo y violador de los derechos humanos en Venezuela», destacó Narváez.

A su juicio, el Ministerio Público esta obligado por ley a plantear el conflicto de competencia y hacer que la justicia militar se desprenda del expediente y regrese a la jurisdicción ordinaria como lo establece el artículo 49, en el que toda persona tiene el derecho a ser juzgada por sus Jueces naturales.

«Ya es uso y costumbre la violación de esta garantía judicial por parte de los tribunales militares, entre el 2014 y 2017 centenares de manifestantes fueron detenidos, recluidos en establecimientos militares y procesados bajo el código orgánico de justicia militar sin que la Fiscalia General de la República y El poder judicial asumieran la defensa de nuestra jurisdicción ordinaria y el juez natural», aseveró el exparlamentario.

«El Código Orgánico de Justicia Militar no puede estar por encima de nuestra CRBV y lo mas grave es que no está adaptado al principio de progresividad en materia de los derechos humanos y a los pactos y convenios internacionales de DDHH suscritos y ratificados por el estado venezolano, ya es hora que los poderes públicos y en especial el TSJ coloque en cintura a la justicia militar por tantos abusos en contra de los civiles y hacer del conocimiento a cuerpos de seguridad del y a la GN que los decretos de estados de excepción y de alarma no le autorizan violar garantías contitucionales y los derechos humanos».

Asimismo, aseguró que la represión sin límites y «Tortura» ejecutada por una funcionaria de la GN en contra de la abogada Eva Luna Leal en la ciudad de Barquisimeto es sumamente grave: «El estatuto de Roma suscrito por el estado venezolano en el año 2000 cataloga este delito como un «Crimen de lesa humanidad » en su artículo 7, el sistema universal de los derechos humanos no acepta privilegios ni solidaridad automática al responsable que cometió el delito, nuestra constitución en su artículo 46 y en la ley especial contra la Tortura establece que toda persona tiene el derecho a la integridad física»

Finalmente, suscribe textualmente lo que dice el citado artículo en cuanto a las torturas: «Ninguna persona puede estar sometida a penas torturas o tratos crueles e inhumanos o degradantes».

Para concluir el ex parlamentario exigió tanto al Ministerio publico como al Poder Judicial, procesar penalmente a la responsable de este delito sin temor alguno por el bien de la justicia y el restablecimiento de los derechos humanos en nuestro país.

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