«Archívese el expediente», dice la sentencia cuyo ponente es la magistrada María Carolina Ameliach
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dio por cerrada una demanda interpuesta contra el decreto que creó el Arco Minero como una zona de desarrollo estratégico nacional.
Dicho decreto es el 2.248 y fue publicado en la Gaceta Oficial 40.855 del 24 de febrero de 2016.
En mayo de ese mismo año un grupo de ex ministros del fallecido presidente Hugo Chávez solicitaron al máximo tribunal del país anular el mencionado decreto. Entre los demandantes figuran Ana Elisa Osorio, Héctor Navarro, Gustavo Márquez, Cliver Alcalá Cordones y Santiago Arconada.
El 21 febrero pasado la Sala Político Administrativa del alto tribunal declaró el «desistimiento tácito de la demanda en virtud que la parte actora no cumplió con la carga procesal». Se referían a un cartel que los demandantes debían publicar en un diario de circulación nacional donde el TSJ informaba sobre el contenido del recurso de nulidad.
Pero durante la demanda surgió una incidencia y es la solicitud de los herederos del presidente Joaquín Crespo para adherirse al recurso de nulidad del decreto presidencial que creó el Arco Minero. Estos últimos adherentes están agrupados en las sucesiones «Emilio Jacinto Guerra Crespo» y «Sucesión Crespo».
Al responder dicha incidencia, los magistrados señalaron que ya la sentencia del 21 de febrero pasado «dio por terminado el presente juicio, lo cual conlleva a su vez a concluir inexorablemente que en el presente caso se configuró el decaimiento del objeto».
Siendo así, la Sala no está obligada a emitir consideraciones respecto a lo solicitado por los herederos de Crespo, dijeron los magistrados. «Archívese el expediente», dice la sentencia cuyo ponente es la magistrada María Carolina Ameliach.