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domingo, 22 febrero, 2026
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Martha Lía Grajales expone la situación de los presos políticos en Venezuela: «Están aislados e incomunicados»

La activisdta de DDHH señaló que en prisión se observan "diferencias de clase", con presos políticos de menor relevancia política en centros con condiciones precarias. Mencionó que varias personas han perdido la vida bajo custodia del Estado por no recibir atención médica, citando el caso de José Félix Maine / Theodoraskis Morales Flores - @theodoraskis

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En el foro «Basta de Represión: Liberen a los presos políticos«, celebrado el jueves 10 de julio, en la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales (Faces) de la Universidad Central de Venezuela, Martha Lía Grajales ofreció un análisis sobre la situación de los detenidos por motivos políticos en el país. Su exposición abordó la definición de preso político, los perfiles de los afectados, los patrones de violación de derechos humanos y se refirió al caso de los privados de libertad en el contexto de las movilizaciones postelectorales.

Grajales comenzó su intervención señalando que, aunque no hay una definición universalmente acordada, un preso político es alguien encarcelado por sus ideas o actividades políticas, o por no oponerse a un gobierno. Subrayó que estas personas no necesariamente han cometido delitos violentos. Indicó que la figura del preso político se configura también cuando un sistema de justicia es utilizado para perseguir a la disidencia, a través de pruebas falsificadas, la negación de defensa o juicios sin imparcialidad.

Perfiles y patrones de detención

La ponente identificó varios perfiles de personas consideradas presas políticas en Venezuela: Activistas políticos: Detenidos para limitar su incidencia y liderazgo. Mencionó el caso de Enrique Márquez, quien lleva seis meses detenido sin ser presentado ante una autoridad judicial, lo que, según la información disponible, configura una desaparición forzada.

Personas con actividades de denuncia: Defensores de derechos humanos, trabajadores o periodistas privados de libertad para silenciar sus reclamos. Grajales citó un grupo de más de 30 trabajadores detenidos en Falcón y Anzoátegui, y más de 20 periodistas actualmente privados de libertad. Individuos sin actividad política regular: Personas detenidas por el ejercicio puntual de sus derechos, como quienes participaron en manifestaciones postelectorales.

No vinculados a hechos políticos específicos: Apresados como un mecanismo de intimidación o para inhibir a la sociedad de ejercer sus derechos, con una intencionalidad política. Familiares de activistas: Detenidos para presionar a sus parientes involucrados en actividades políticas o de denuncia y obtener información.

Grajales afirmó que el número de presos políticos ha aumentado en proporción directa con la disminución del apoyo al gobierno, sugiriendo que «la represión se utiliza como un mecanismo para mantener el poder político. Destacó un ambiente de temor generalizado para hablar, protestar e informar».

Arbitrariedades en el proceso judicial

La ponente detalló los patrones de violaciones de derechos humanos que se presentan en los casos de judicialización por creencias o percepciones políticas: «Las detenciones ocurren sin que la persona esté cometiendo un delito en flagrancia y sin orden judicial, configurando una detención arbitraria«, no se informa a la persona ni a sus familiares sobre los delitos imputados o el lugar de traslado, «lo que genera opacidad, los funcionarios que realizan las detenciones carecen de identificación visible, o visten de civil o encapuchados».

Además, agregó que en algunos casos, «las detenciones son realizadas por grupos parapoliciales que luego entregan a los detenidos a los cuerpos de seguridad».

En ese sentido, detalló que «se ha consolidado un patrón de desaparición forzada de corta duración, donde las autoridades se niegan a informar sobre el paradero y los delitos imputados, dejando a la persona en un estado de vulnerabilidad y expuesta a torturas, malos tratos o violencia sexual», muchas personas ·son presentadas ante una autoridad judicial después del plazo de 48 horas establecido por la Constitución».

Agrega que las audiencias de presentación a menudo son telemáticas, «impidiendo al juez constatar el estado físico del detenido. Se prohíbe nombrar un defensor de confianza, imponiendo un defensor público» que, según Grajales, realiza una defensa meramente formal, «la detención preventiva se ha vuelto la regla general, a pesar de que la Constitución y el Código Orgánico Procesal Penal establecen la libertad como norma».

Denunció que los delitos imputados con frecuencia «son terrorismo, incitación al odio y traición a la patria, a menudo asociados con asociación para delinquir». Grajales explicó que estos son «tipos penales abiertos», con descripciones vagas que otorgan discrecionalidad a la autoridad judicial, y con penas que van de 10 a 30 años de prisión.

Presos indefensos

La activista de derechos humanos, miembro del movimiento Surgente y del Comité de madres por la Verdad, detalló que la defensa pública no promueve pruebas ni tiene contacto con la familia o el defendido, basándose únicamente en el acta de investigación penal elaborada por los mismos cuerpos de seguridad.

Aseveró que las audiencias preliminares no ejercen control sobre la acusación, llevando a la mayoría de los casos a juicio. Los juicios son prolongados y las personas pueden pasar más de tres años privadas de libertad preventivamente sin sentencia, excediendo el máximo establecido por la ley.

Finalmente, Grajales se refirió a las condiciones de reclusión. «Las personas están en aislamiento e incomunicación, sin acceso a atención médica oportuna, con alimentos de baja calidad y en ocasiones sin agua potable». Señaló que en prisión se observan «diferencias de clase», con presos políticos «de menor relevancia política en centros con condiciones precarias». Mencionó que varias personas han perdido la vida bajo custodia del Estado por no recibir atención médica, citando el caso de José Félix Maine.

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