El parlamentario indicó que este proyecto de ley establece los parámetros de registro de las ONG, las cuales deben explicar sus vías de financiamiento, nacionales o internacionales
La Comisión Permanente de Política Interior aprobó, el Informe para la Segunda Discusión del Proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro, cuyo objetivo es establecer un marco jurídico de registro, revisión y auditoría de los fondos que reciben estos organismos no gubernamentales.
Así lo informó, desde el Palacio Federal Legislativo, el primer vicepresidente de la comisión, diputado Julio García Zerpa, quien detalló que el proyecto de ley contiene 39 artículos.
“Por parte de la Comisión de Política Interior ya se cumplió el trámite legal. Queda a disposición de la Plenaria que se someta el texto a segunda discusión y aprobación”, destacó García Zerpa al término de la reunión ordinaria de la instancia parlamentaria.
Zerpa indicó que este proyecto de ley establece los parámetros de registro de las ONG, las cuales deben explicar sus vías de financiamiento, nacionales o internacionales.
“Se establece el marco jurídico para las inscripciones de organizaciones sin fines de lucro que tengan carácter transnacional”, añadió.
Explicó que este proyecto de ley aborda el marco de las actividades que desarrollan estas organizaciones en el país.
“Trabajan, aunque con un velo, en la política venezolana; participan y financian actividades partidistas y han servido para trasladar recursos de organizaciones como la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (Usaid)”, señaló.
El parlamentario subrayó que plantea un marco regulatorio.
“Es decisión soberana establecer cuáles son los mecanismos, quiénes son, qué tipo de actividades pueden desarrollar y cuáles son sus vías de financiamiento y en qué gastan estos recursos que reciben”, destacó.
Puntualizó que las ONG sin fines de lucro que desarrollan actividades deportivas, culturales, educativas o recreativas de carácter social no tendrán ningún tipo de inconveniente con esta normativa legal.
“La idea es que este grupo de organizaciones, algunas de las cuales no tienen capacidad jurídica ni personalidad jurídica en los órganos previstos para tal fin y que además reciben gran cantidad de recursos; se pongan a derecho y se adapten a este dispositivo, garantista del derecho de asociación previsto en el Artículo 52 de nuestra Constitución”, dijo el parlamentario.