El politólogo, dirigente y excarcelado político Nicmer Evans fijó posición frente a la reciente propuesta de Ley de Amnistía promovida por el gobierno interino de Delcy Rodríguez. Según Evans, el texto legal presenta graves falencias que, lejos de buscar una reconciliación nacional, pretenden borrar la responsabilidad estatal sobre las violaciones a los derechos humanos. El análisis del excarcelado político subraya que el preámbulo de la norma comete el error de igualar los extremismos, desvirtuando la naturaleza de la crisis política venezolana, y negando la amnistía a situación que no pueden ser catalogadas de extremistas, como la opinión o el disentir.
Para Evans, una amnistía genuina debe reparar los daños causados a las víctimas. No puede convertirse en un mecanismo para «volver a condenar» a quienes ya sufrieron la cárcel por motivos políticos. El politólogo advierte que el artículo 1 de la propuesta es una trampa jurídica. Esta cláusula pretende que el beneficiario acepte el motivo de su condena previa, lo que implicaría un reconocimiento de delitos no cometidos para obtener la libertad.
Exclusiones y vacíos en el marco legal
Un punto crítico reside en el artículo 6 de la propuesta legal. Evans señala que este apartado enumera momentos políticos específicos, denominados «hechos de violencia», que excluyen a la gran mayoría de los presos políticos actuales. Muchos ciudadanos están tras las rejas bajo cargos de «instigación al odio» o «terrorismo» fuera de esos lapsos. Esta redacción criminaliza automáticamente a quienes no encajan en el cronograma oficialista, dejando fuera casos militares y civiles de carácter político.
La preocupación también se extiende al artículo 11, que propone «eliminar» registros y antecedentes. Evans distingue que una cosa es suspender procesos judiciales y otra muy distinta es borrar el rastro del expediente. Eliminar estos registros impediría investigaciones futuras, reparaciones o indemnizaciones por graves violaciones a los derechos humanos. Sin memoria documental, la justicia para los presos políticos quedaría anulada permanentemente ante la ley.
La ausencia de reparación y verdad
El dirigente enfatiza que la ley carece de elementos fundamentales para una transición democrática sana. El texto no menciona la devolución o reparación de bienes incautados o robados durante procedimientos ilegales. Para Evans, el Estado debe responder por el patrimonio saqueado a los perseguidos políticos. Sin una restitución material, el daño a las familias de los afectados permanece vigente a pesar de una eventual excarcelación.
Finalmente, Evans denuncia que la propuesta omite la creación de una comisión de la verdad con arbitraje internacional. Tampoco ofrece respuestas concretas sobre el paradero de los desaparecidos en contextos políticos. La falta de transparencia y la ausencia de mediación externa restan credibilidad a cualquier intento de pacificación. Según el análisis, la ley actual solo sirve como un escudo de impunidad para los responsables de la represión.
Propuestas para una amnistía integral y con justicia
Evans, ante estas observaciones críticas, formula propuestas fundamentales para transformar este proyecto en una herramienta de justicia verdadera. En primer lugar, para Evans resulta imperativo establecer una Comisión de la Verdad con arbitraje internacional. Este organismo garantizaría transparencia en el esclarecimiento de los hechos, evitando que el Estado actúe como juez y parte. Asimismo, la normativa debe incluir un mecanismo de reparación patrimonial que obligue a la devolución inmediata de bienes incautados ilegalmente durante la persecución política.
Por otro lado, la reforma del artículo 1 debe eliminar cualquier prejuzgado de admisión de culpabilidad. Una amnistía democrática reconoce la naturaleza política del juicio y no condiciona la libertad a una confesión forzada. Es vital también la preservación de los antecedentes penales y registros judiciales para permitir futuras indemnizaciones. Borrar estos documentos, como sugiere el texto actual, solo garantiza la impunidad de los victimarios y bloquea el acceso a la justicia transicional.
Finalmente, el alcance de la ley debe ampliarse para incluir todos los casos de «instigación al odio» y causas militares, sin limitarse a cronogramas arbitrarios. Solo mediante el reconocimiento total de los perseguidos y una respuesta clara sobre los desaparecidos, Venezuela podrá transitar hacia una paz fundamentada en el derecho y no en la conveniencia política.






