La presencialidad se aplicará para las clases de pregrado, según la resolución del Consejo Universitario
En marzo de 2020 y debido a la pandemia por Covid-19, la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) suspendió las clases, eventos y demás actividades en todas sus sedes y reprogramó su calendario académico con modalidad de educación remota o estudios a distancia.
Dos años más tarde y después de un semestre que combinó parcialmente las actividades en línea con sesiones presenciales complementarias, el Consejo Universitario (CU) aprobó la vuelta a la presencialidad, a partir del período que comenzará el próximo 25 de abril.
Según establece la «Resolución para el desarrollo de actividades académicas durante el período abril-agosto 2022«, la medida aplicará para las clases y evaluaciones de las titulaciones de pregrado y regirá en todas las sedes de la institución.
El documento precisa que los Consejos de Facultad podrán autorizar, por vía de excepción, el uso de la modalidad virtual, “cuando en un mismo curso concurren alumnos (as) de Guayana y la sede Caracas”, y “cuando el (la) profesor (a) estuviere imposibilitado (a) de concurrir al campus y una condición de especial vulnerabilidad y no fuere posible su sustitución”. Indica que corresponderá al decano, a través de la Secretaría y la Dirección de Administración Académica, establecer cuáles asignaturas serán impartidas en la modalidad no presencial en línea.
Adicionalmente, la resolución aclara que las cátedras que ya hayan sido formalizadas en modalidad no presencial virtual seguirán impartiéndose con esta fórmula.
Los estudios de postgrado quedaron exceptuados de esta medida y sus asignaturas «se impartirán en la modalidad no presencial en línea a través de Módulo 7, sin perjuicio de que profesores y alumnos puedan convenir la realización de algunos encuentros presenciales», apunta el artículo 2.
Pese al retorno a la presencialidad, el Consejo Universitario determinó que, de ser necesario, el profesor podrá establecer un número de sesiones en línea en su mismo horario de clases: “Tres si en la programación académica respectiva estuviere contemplado un encuentro semanal” y “seis si están programados dos o más encuentros semanales”, apunta el artículo 7 del documento.
Además, el uso de la plataforma académica Módulo 7 seguirá siendo obligatorio para profesores y alumnos. «En la misma deberá registrarse el Plan de Clases y los contenidos que sirvan de apoyo a la presencialidad. En las impartidas en línea se utilizará Módulo 7 con preferencia; en caso de utilizarse cualquier otra plataforma o herramienta distinta, debe ser referida en el Plan de clases dejando registro de los recursos, sesiones y actividades generadas en Módulo 7«.






