Los dirigentes sindicales aseguraron que los obreros del Parque del Este, han sido obligados a trabajar sin tapabocas ni guantes. También afirmaron que los trabajadores son objeto de amenazas y presiones por no poder llegar a sus puestos debido a la escasez de gasolina y la falta de efectivo.
El Sindicato de Trabajadores de Inparques (Sunep-Inparques) denunció varias medidas contra los trabajadores de la institución.
Los dirigentes sindicales aseguraron que los obreros del Parque del Este han sido obligados a trabajar sin tapabocas ni guantes.
También afirmaron que los trabajadores son objeto de amenazas y presiones por no poder llegar a sus puestos debido a la escasez de gasolina y la falta de efectivo.
«No es con amenazas ni con represión con lo que se solventa esta difícil situación. Los trabajadores demandan soluciones», subrayó.
Este es el comunicado completo:
SUNEP-INPARQUES condena que jefes de INPARQUES estén exponiendo a OBREROS DEL PARQUE DEL ESTE que han estado realizando reparaciones en el parque sin la utilización de tapabocas ni guantes, los cuales son de uso obligatorio para prevenir el CORONAVIRUS.
El Estado-patrón está en la obligación de suministrarles a los trabajadores los equipos de bio-seguridad de manera oportuna.
SUNEP-INPARQUES rechaza y condena las amenazas y presiones que están recibiendo los trabajadores, muy especialmente los guardaparques, a quienes, debido al escaso transporte público que está prestando servicio por las fallas en el suministro de gasolina, aunado a la falta de dinero en efectivo, cada día se les dificulta más llegar a sus puestos de trabajo.
No es con amenazas ni con represión con lo que se solventa esta difícil situación. Los trabajadores demandan soluciones: equipos de bioseguridad, transporte y salario suficiente.
Los jefes de INPARQUES deben facilitar el traslado de los trabajadores a sus puestos de trabajo y el retorno a sus hogares, dado que es un situación compleja y excepcional la que están padeciendo todos los venezolanos
Actualmente, los venezolanos enfrentan una muy difícil situación, no solo por la PANDEMIA del Coronavirus, sino porque el ingreso mensual del trabajador no le permite acceder a la canasta básica; aunado a esto están colapsados los servicios públicos, agua, luz, gas, sevicio telefónico, el transporte público también está colapsado por la falla de gasolina.
En esta dramática situación hay que destacar, además, la falta de dinero en efectivo, razón por la cual no se explican las amenazas de los jefes de INPARQUES de descontar el mermado salario a los trabajadores que no pueden llegar a sus puestos de trabajo, dado que el trabajador está prácticamente subsidiando al patrón Estado.
Ante las amenazas de descuento en el salario, le recordamos a los jefes de INPARQUES y a los trabajadores lo siguiente:
INPARQUES no puede efectuar ninguna retención o deducción del salario de los trabajadores sin una orden judicial, ya que el salario es inembargable. Por lo tanto, INPARQUES está obligado a efectuar oportunamente solo los descuentos que se ajusten conforme a la ley. El patrón que incumpla lo anterior, será responsable de los perjuicios que dicho incumplimiento genere al trabajador. La Ley Orgánica del Trabajo describe muy bien cuáles son los descuentos y retenciones autorizadas, INPARQUES no puede ni debe descontar ni un céntimo del salario de un trabajador si no existe una orden judicial de un tribunal, y sin que haya una orden suscrita por el trabajador. Modificar arbitrariamente las condiciones previstas en la legislación venezolana en cuanto al descuento del salario de un trabajador, pudiera generar responsabilidades a quienes lo ejecutan.
INPARQUES, de manera unilateral y sin autorización del trabajador, no puede descontar o reducir el salario del trabajador y si lo hace, es una forma clara y abierta de “lesionar los derechos y garantías constitucionales” que tienen todos los trabajadores y trabajadoras del instituto “sobre el salario íntegro”; hacerlo, constituye un acto inconstitucional por transgredir en forma abierta “los principios de intangibilidad, progresividad, irrenunciabilidad” de los derechos y garantías de los trabajadores y trabajadoras del instituto, establecidos en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Por lo tanto, con ese fundamento, SUNEP-INPARQUES reitera que el patrón no puede deducir ni retener suma alguna del salario del trabajador, sin una orden suscrita por él o sin una orden judicial de un tribunal.