Ahora los venezolanos podrán ingresar a Ecuador sin pasaporte ni antecedentes penales
La Corte Constitucional de Ecuador suspendió la aplicación de una serie de requisitos que el Gobierno ecuatoriano había ordenado el año pasado para regular el ingreso de ciudadanos venezolanos en el territorio nacional.
La Corte acogió a trámite una demanda de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo y aceptó su solicitud de suspender de forma provisional varios acuerdos ministeriales que exigían requisitos adicionales para aceptar la entrada de migrantes venezolanos, como pasaportes actualizados y un registro de antecedentes penales, entre otros.
En una resolución, la Corte Constitucional resolvió admitir a trámite la acción pública de inconstitucionalidad y «aceptar la solicitud de suspensión provisional de las normas impugnadas».
Los demandantes solicitaron que se suspendan de forma provisional las medidas migratorias, «mientras se resuelve la presente acción pública de inconstitucionalidad», precisa el escrito de la Corte Constitucional.
Asimismo, señaló que la normativa interna y regional permite el ingreso y circulación de ciudadanos suramericanos con la sola presentación del documento de identidad, por lo que aplicar los requisitos adicionales a los venezolanos «genera un trato diferenciado que resulta discriminatorio» y atenta contra el principio de igualdad.
La exigencia del pasaporte a finales del año pasado, ante el aumento inusitado del flujo migratorio de venezolanos por la región, así como la presentación del llamado «pasado judicial», en febrero anterior, fue cuestionado por organismos de derechos humanos.