Ordenan traslado de Lula a un “establecimiento” en Sao Paulo

Contrapunto con información de EFE

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La magistrada Carolina Lebbos subrayó «la plena pertinencia de la transferencia» y recordó que «no hay razones» para mantener el cumplimiento de la pena «en un lugar distante del núcleo familiar y social»

La Justicia brasileña ordenó este miércoles la transferencia del expresidente Luiz Inácio Lula da Silva desde Curitiba, donde cumple una pena de prisión por corrupción y lavado de dinero, a un «establecimiento» de Sao Paulo, aunque el mismo todavía no fue definido.

El exmandatario (2003-2010), se encuentra detenido desde el 7 de abril de 2018 en la sede de la Policía Federal de Curitiba, donde purga una condena de 8 años y 10 meses de cárcel por su implicación en la trama de corrupción de la Lava Jato.

Partidarios del expresidente brasileño han exigido su liberación. Foto: EFE.

En el auto, la magistrada Carolina Lebbos subrayó «la plena pertinencia de la transferencia» para Sao Paulo y recordó que «no hay razones» para mantener el cumplimiento de la pena «en un lugar distante del núcleo familiar y social».

La transferencia fue solicitada por la Superintendencia Regional de la Policía Federal del estado de Paraná, cuya capital es Curitiba, tras alegar que, debido al encarcelamiento de Lula da Silva, los cuerpos de seguridad deben de actuar de forma «permanente» para evitar enfrentamientos entre «grupos antagónicos».

En marzo le permitieron salir de la prisión para asistir al funeral de uno de sus nietos. Foto: EFE.

La defensa del expresidente, sin embargo, solicitó que cualquier decisión judicial aguarde el pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre un ‘hábeas corpus’ solicitado por los abogados, según dijeron fuentes del Instituto Lula.

El exmandatario fue condenado a 9 meses y 6 meses de prisión por el juez Sergio Moro, actual Ministro de Justicia del Presidente Jair Bolsonaro, después de dar por comprobado que Lula da Silva recibió un apartamento en el balneario paulista de Guarujá, a cambio de favores políticos a la constructora OAS.

La pena fue ampliada en segunda instancia a 12 años y 1 mes, y rebajada posteriormente en tercera instancia a 8 años y 10 meses.

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