De acuerdo a las políticas de Mintur, estas acciones obedecen al cumplimiento de los Deberes y Derechos de los PST, suscrito en el artículo 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza Ley Orgánica de Turismo
Si eres Prestador de Servicio Turístico (PST) y debes realizar el pago del 1%, desde ahora lo puedes hacer a través de la página web www.mintur.gob.ve. Por medio de este enlace, los interesados podrán ingresar, ubicar en el menú principal la opción “Trámites y Servicios”, dar clic en “Recaudación del 1%” y seguir los siguientes pasos.
Presiona el botón de pago BDV (Banco de Venezuela) y coloca el número de RIF, el cual te direccionará directamente a la página principal de la entidad bancaria. Con este sencillo paso que pone a disposición el Ministerio para el Turismo (Mintur), te podrás mantener al día con la menor diligencia posible.
Igualmente, esta gestión de recaudación lo puedes realizar por las cuenta corrientes de las siguientes entidades bancarias, Banco Provincial No. 0108-0582-68-0100016481, Banesco No. 0134-0861-10-8613001175 y Banco Bicentenario No. 0175-0044-95-0000024585.
Esto se suma, al pago de tasas de tramitación para la Categorización, las cuales también se puede gestionar en la página web de la institución, presionando en el menú principal la opción de “Categorización”, luego ¿Cómo tramitar la Categorización?, presionar el botón de pago y listo.
De acuerdo a las políticas de Mintur, estas acciones obedecen al cumplimiento de los Deberes y Derechos de los PST, suscrito en el artículo 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza Ley Orgánica de Turismo, para así optimizar los procedimientos legales que permiten el reimpulso de la actividad económica del país a través del Motor Turismo.