Tras la divulgación de una sentencia del TSJ del año 2000, la cual presuntamente establecía el pago de alquileres en divisas, la decisión no hace referencia a una ley en específico.
Aquiles Martini, miembro del Consejo Consultivo de Soy Venezuela, aclaró que los alquileres no se pueden pagar en dólares.» Está totalmente prohibido el cobro de alquileres en dólares», dijo el representante de esta Cámara Inmobiliari
Explicó además que la confusión se deriva de una sentencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del año 2000, que según indica, no hace referencia a una ley en específico, pero se realizó bajo la vigencia de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, ahora derogada, que permitía el pago en divisas más no la exigencia del pago en moneda extranjera.
«La Sala Civil por lo menos ha debido desaplicar por inconstitucional los literales d, e y g del artículo 41 de la Ley que rige el arrendamiento comercial, lo cual no se expresa en la sentencia», dice el pronunciamiento de la Cámara Inmobiliaria citado por Martini.
Según las cifras de Datos, referidas por Martini, «48% de la clase E del país paga en dólares», por lo que considera que dentro de la «anarquía» existe en el país un sector de la clase más baja que puede pagar en divisas, porque los bolívares no existen.
En ese sentido, indicó que «pareciera que hay un avance, porque alguien en algún momento reconoció que sí hay un tema con los dólares», pero la sentencia no lo establece claramente.
«Todo el mercado de alquiler venezolano está bajo la ley de la anarquía», puntualizó.