TSJ ratificó multa contra el Provincial

Fecha:

Comparte:

La decisión está contenida en la sentencia N° 00598 de la Sala Político Administrativa.

El Tribunal Supremo de Justicia confirmó una multa de Bs. 91.862.151,00 impuesta al Banco Provincial el 3 de diciembre de 2004, por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Sudeban).

La multa contra el Provincial se ejecutó por incumplimiento del artículo 24, último aparte de la Ley General de Bancos, el cual obliga a destinar el 3% de la cartera crediticia al otorgamiento de microcrédito;la cual fue incumplida durante los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2004, según dice la sentencia.

El Banco se defendió manifestando que esa norma carecía de base legal y que la Sudeban no había explicado los motivos de la multa. Basado en eso y otros alegatos, la citada entidad financiera apeló ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, instancia que declaró inadmisible el planteamiento.

Posteriormente, el BP acudió al máximo tribunal del país, donde los magistrados observaron que el Banco consignó los mismos argumentos expuestos ante la Corte Primera.

La citada entidad bancaria adujo que al cierre de junio del año 2004 había colocado en microcréditos, para ese entonces, la cantidad de Bs. 50.494.006.133,06, y que dicho monto excedía en Bs. 5.124.304.596,63, el monto mínimo exigido, 3% de la cartera crediticia al 31 de diciembre de 2003.

Al respecto, los magistrados respondieron que el criterio de la Administración era que debía realizarse la colocación de 3% mensual y que para los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2004, ese Banco sólo colocó 1,91%, 1,71%, 1,59% y 1,47%, respectivamente.

La Sala recalcó que del Decreto con Fuerza de Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras constata que dada la especial significación que la actividad bancaria reviste, se estableció un mecanismo para garantizar el estímulo y apoyo al sistema microfinanciero y microempresarial, vinculado al sector de la economía popular y alternativa.

En consecuencia se necesita fijar específicos parámetros financieros en el desarrollo de sus actividades de intermediación, en aras de asegurar su sano desenvolvimiento, así como su activa participación en el crecimiento económico del país.

La decisión tomada por el TSJ en contra de Provincial está contenida en la sentencia N° 00598 de la Sala Político Administrativa.

Para contactarnos escribe a nuestro correo editorial [email protected]
Recibe la actualización diaria de noticias a través de nuestro Grupo WhatsApp 
Twitter | Instagram

━ más como esto

Otros 209 migrantes regresaron a Venezuela en un vuelo procedente de EEUU

Un total de 209 migrantes regresaron este lunes a Venezuela en un vuelo procedente de Arizona, Estados Unidos, como parte de la Gran Misión...

Alcalde de Baruta celebra reapertura de la embajada de EEUU

El alcalde de Baruta, Darwin González, celebró este lunes la reapertura de la embajada de Estados Unidos (EEUU) ubicada en Valle Arriba, dentro de...

Aníbal Coronado es el nuevo presidente de “Juntos Todo es Posible”

La juramentada presidenta encargda, Delcy Rodríguez, designó este lunes a Aníbal Coronado como nuevo presidente de la corporación “Juntos Todo es Posible”."Como nuevo...

El Evangelio Cambia hará que el Bien y el Mal se enfrenten en playas y ríos de Venezuela durante Semana Santa

El Bien y el Mal se enfrentan todos los días, y Semana Santa no es la excepción. Esta Semana Santa, al igual que lo...

Delcy Rodríguez garantiza despliegue de todo el gobierno para atender a temporadistas

La juramentada presidenta encargada, Delcy Rodríguez, aseguró que está en constante monitoreo de las necesidades prioritarias para garantizar la seguridad de los ciudadanos durante...