CE impuso multa de 12,5 millones de euros a Nike por limitar ventas entre países europeos

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La comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager, anunció la sanción y precisó que las medidas que aplicó la empresa restringen la oferta y aumentan los precios para los consumidores

La Comisión Europea (CE) salió este lunes en defensa de la competencia y multó a la empresa estadounidense Nike con 12,5 millones de euros por restricciones ilegales durante más de trece años a la venta entre países europeos de productos comerciales con licencia con marcas de clubes como el FC Barcelona, el Manchester United, la Juventus, el Inter de Milán y la AS Roma.

La compañía aplicó estas medidas, que también afectaron a federaciones nacionales de fútbol como la francesa, del 1 de julio de 2004 al 27 de octubre de 2017 y, con ellas, provocó una segmentación del mercado único.

La comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager, indicó que «son muchos los aficionados que desean productos, como bufandas o jerséis, con la marca de su equipo de fútbol favorito. Nike prohibió a muchos de sus licenciatarios vender estos productos de marca en otro país, lo que restringe la oferta y aumenta los precios para los consumidores».

La CE explicó que los productos comerciales con licencia son muy variados (tazas, bolsas, ropa de cama, papelería, juguetes, etc.) pero todos llevan uno o más logos o imágenes protegidos por derechos de propiedad intelectual (DPI), como licencias de marca o derechos de autor.

Violaron las normas de defensa de la competencia

La investigación se abrió en junio de 2017 y tras ella la CE determinó que los contratos de licencia y distribución no exclusivos de Nike han infringido las normas de defensa de la competencia del bloque europeo.

Además, la empresa tomó medidas indirectas para aplicar las restricciones a las ventas fuera del territorio, como la amenaza a los licenciatarios de poner fin al contrato por ventas fuera del territorio, o la denegación del suministro de hologramas de productos oficiales si sospechaba que las ventas podían dirigirse a otros territorios del Espacio Económico Europeo (EEE).

En algunos casos, Nike utilizó a los licenciatarios principales de cada territorio para conceder sublicencias para el uso de los distintos DPI a terceras partes, apuntó la CE.

También incluyó cláusulas que prohibían explícitamente a los licenciatarios suministrar productos comerciales a clientes, a menudo vendedores al por menor, que pudieran estar vendiendo fuera de los territorios asignados.

Por la colaboración que brindó la empresa, la CE le ha concedido una reducción de 40 % de la multa y quedó en 12,5 millones de euros (14,14 millones de dólares).

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