Según resolución 19-05-01 del Banco Central de Venezuela, la banca podrá realizar transacciones comerciales en divisas extranjeras y deberán publicar al final de cada jornada el tipo de cambio promedio resultante de las operaciones
El Banco Central de Venezuela emitió una resolución donde establece que las instituciones bancarias pueden realizar compras y ventas de divisas a través de «mesas de cambio»
Las entidades bancarias públicas y privadas «podrán pactar a través de sus mesas de cambio, entre clientes de esa institución, o en transacciones interbancarias, operaciones de compra y venta de monedas extranjeras por parte de personas naturales y jurídicas del sector privado», cita el documento.
La resolución también establece que los bancos deberán realizar un reporte diario de «volúmenes de venta y tasa resultante de las operaciones».
Hasta el momento la resolución 19-05-01 no ha sido publicada en Gaceta Oficial, sin embargo hay un documento que circula en las redes con la información.