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sábado, 21 diciembre, 2024
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Consejo de Derechos Humanos de la ONU «decide seguir ocupándose activamente» de situación de Venezuela

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El organismo se declaró «alarmado por las continuas informaciones que dan cuenta de un agravamiento de las violaciones y transgresiones de los derechos humanos y de un aumento de las restricciones del espacio cívico y democrático, en particular en el contexto de las elecciones presidenciales«

El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas no solo aprobó extender por dos años el mandato de la Misión de Determinación de Hechos para Venezuela, sino que decidió «seguir ocupándose activamente» de la situación venezolana.

El Consejo «condena enérgicamente todas las violaciones y transgresiones del derecho
internacional de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela, algunas
de las cuales, según la misión internacional independiente de determinación de los hechos,
pueden constituir crímenes de lesa humanidad», reza el primer punto del acuerdo que se votó este viernes.

Este es el acuerdo completo:

Situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela:

El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes,

Reafirmando la responsabilidad primordial de los Estados de promover, proteger,
respetar y hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de su
población y de cumplir las obligaciones que les imponen los tratados, acuerdos y demás
instrumentos de derechos humanos en que son parte, así como sus compromisos en materia
de derechos humanos,

Recordando sus resoluciones 39/1, de 27 de septiembre de 2018, 42/25, de 27 de
septiembre de 2019, 45/20, de 6 de octubre de 2020, y 51/29, de 3 de octubre de 2022, sobre
la República Bolivariana de Venezuela, así como sus resoluciones 42/4, de 26 de septiembre
de 2019, y 45/2, de 6 de octubre de 2020, que fueron apoyadas por el país,
Recordando también el Acuerdo Parcial sobre la Promoción de Derechos Políticos y
Garantías Electorales para Todos, firmado en Barbados el 17 de octubre de 2023,

Acogiendo con beneplácito los informes de la Alta Comisionada y el Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y de la misión
internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana
de Venezuela, así como de otras organizaciones y mecanismos internacionales, y expresando
gran preocupación ante las continuas y graves violaciones y transgresiones de los derechos
humanos en la República Bolivariana de Venezuela que en ellos se señalan,

Expresando preocupación porque la crisis actual sigue teniendo efectos
desproporcionados en los derechos de las mujeres, los niños, las personas de edad, las
personas con discapacidad, los migrantes, los refugiados y solicitantes de asilo, los Pueblos
Indígenas, en particular en la región del Arco Minero del Orinoco, y otras personas
pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad,

Expresando gran preocupación por la prolongada crisis humanitaria, que ha obligado
a más de 7,7 millones de personas a abandonar la República Bolivariana de Venezuela, y por
los más de 7,6 millones de personas que, dentro del país, siguen necesitando asistencia
humanitaria debido a la actual crisis política y económica,

Acogiendo con beneplácito los grandes esfuerzos que los países vecinos y otros países,
en especial de la región, siguen haciendo para acoger a los migrantes, refugiados y
solicitantes de asilo venezolanos, entre otras cosas mediante la elaboración y ejecución de
programas para la inclusión de los venezolanos en las comunidades de acogida a fin de
promover y proteger sus derechos humanos, y la asistencia humanitaria que prestan las
Naciones Unidas, otras organizaciones humanitarias y países asociados por conducto de
diferentes marcos de coordinación como el Proceso de Quito, la Plataforma de Coordinación
Interagencial para Refugiados y Migrantes de Venezuela y las Conferencias Internacionales
de Solidaridad con los Refugiados y Migrantes Venezolanos y sus Países y Comunidades de
Acogida, entre otros, y afirmando la necesidad de reforzar la cooperación internacional con
los países de acogida y tránsito de los migrantes, refugiados y solicitantes de asilo
venezolanos,

Alarmado por las continuas informaciones que dan cuenta de un agravamiento de las
violaciones y transgresiones de los derechos humanos y de un aumento de las restricciones
del espacio cívico y democrático, en particular en el contexto de las elecciones presidenciales,
lo que incluye privaciones arbitrarias de la vida, reclusiones arbitrarias, que en algunos casos
pueden constituir desapariciones forzadas, un uso desproporcionado de la fuerza por parte de
los agentes del orden y los individuos armados llamados “colectivos”, actos de intimidación,
ataques, acoso, represalias, entre otras cosas mediante la cancelación de pasaportes, y
difamación pública, contra líderes de la oposición, manifestantes pacíficos, periodistas y
otros trabajadores de los medios de comunicación, abogados, defensores de los derechos
humanos, personas que han participado en el proceso electoral, también como observadores
electorales, Pueblos Indígenas y otras partes interesadas de la sociedad civil,

Profundamente preocupado por todas las violaciones y transgresiones de los derechos
humanos cometidas contra personas por ejercer sus derechos humanos y libertades
fundamentales en Internet, y alarmado por las informaciones sobre cierres de medios de
comunicación, vigilancia, bloqueo y clausura de sitios web y plataformas digitales,

Expresando profunda preocupación por las recientes informaciones sobre la reclusión
de niños y adolescentes acusados de delitos graves como si fueran adultos y sin que
estuvieran acompañados de sus padres o tutores durante el proceso judicial, y recordando los
elementos establecidos por el Comité de los Derechos del Niño en su observación general
núm. 24 (2019), relativa a los derechos del niño en el sistema de justicia juvenil,

Lamentando profundamente la decisión de la República Bolivariana de Venezuela de
suspender las actividades y la presencia en el país de la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que es incompatible con la carta de
entendimiento confidencial entre la Oficina del Alto Comisionado y la República Bolivariana
de Venezuela, como destacó el Alto Comisionado en la información actualizada que presentó
al Consejo de Derechos Humanos el 7 de julio de 2024,

Observando con aprecio el establecimiento de una oficina de la Fiscalía de la Corte
Penal Internacional en la República Bolivariana de Venezuela y la reanudación de la
investigación iniciada por la Fiscalía en virtud del artículo 18, párrafo 2, del Estatuto de Roma
de la Corte Penal Internacional,

Afirmando su profunda convicción de que solo puede haber una solución pacífica y
democrática a la crisis actual de la República Bolivariana de Venezuela y de que esa solución
incumbe al pueblo venezolano, sin ningún tipo de injerencia extranjera en el plano militar, de seguridad o de inteligencia, y expresando apoyo a las gestiones diplomáticas pertinentes
al respecto,

Tomando nota de las preocupaciones expresadas por el Grupo de Expertos de las
Naciones Unidas en su informe provisional sobre las elecciones presidenciales celebradas en
Venezuela en 2024 y de las irregularidades que en él se señalan, y reiterando que toda
solución dirigida por Venezuela exige que se respete la voluntad del pueblo venezolano
mediante la celebración de elecciones democráticas libres y limpias conformes con las
normas internacionales, la verificación de los procedimientos electorales, la publicación
transparente de los resultados electorales según el recuento de cada colegio electoral y el
respeto de dichos resultados,

  1. Condena enérgicamente todas las violaciones y transgresiones del derecho
    internacional de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela, algunas
    de las cuales, según la misión internacional independiente de determinación de los hechos,
    pueden constituir crímenes de lesa humanidad;
  2. Insta a la República Bolivariana de Venezuela a que aplique de forma plena e
    inmediata las recomendaciones recogidas en los recientes informes de la Alta Comisionada
    y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y de la misión
    internacional independiente de determinación de los hechos y a que investigue todas las
    violaciones y transgresiones de los derechos humanos y haga que sus responsables rindan
    cuentas;
  3. Insta también a la República Bolivariana de Venezuela a que respete, proteja
    y haga efectivos el derecho de los ciudadanos a participar en la dirección de los asuntos
    públicos y los derechos a la libertad de expresión, de reunión pacífica y de asociación, y a
    que ponga fin a la represión y persecución selectivas que se están llevando a cabo en todo el
    país por motivos políticos, lo que incluye el uso excesivo de la fuerza, las reclusiones
    arbitrarias, también de niños y adolescentes, las torturas y otros tratos o penas crueles,
    inhumanos o degradantes, las ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones forzadas a
    manos de las fuerzas de seguridad e inteligencia, así como las injerencias en la autonomía y
    la composición de los partidos políticos, la inhabilitación de candidatos de la oposición para
    participar en los procesos electorales y otras restricciones del espacio cívico y democrático;
  4. Exhorta a la República Bolivariana de Venezuela a que ponga fin de inmediato
    a todos los actos de intimidación, ataques, acoso, vigilancia, represalia y difamación pública
    contra líderes de la oposición, manifestantes pacíficos, periodistas y otros trabajadores de los
    medios de comunicación, abogados, defensores de los derechos humanos, personas que han
    participado en el proceso electoral, también como observadores electorales, Pueblos
    Indígenas y otras partes interesadas de la sociedad civil y, a este respecto, a que ponga fin
    también a los cierres indebidos de medios de comunicación y a las violaciones de los
    derechos humanos en línea, entre otras cosas mediante el bloqueo y la clausura de sitios web
    y plataformas digitales;
  5. Exhorta a todas las partes interesadas y a los actores políticos y sociales a que
    no recurran a actos de violencia y represión que puedan poner en peligro la solución pacífica
    de la crisis venezolana;
  6. Insta a la República Bolivariana de Venezuela a que libere inmediata e incondicionalmente a todas las personas privadas de libertad de manera arbitraria, incluidos los presos políticos, dando prioridad a los que se encuentran en situación de vulnerabilidad y a los que llevan en prisión preventiva más tiempo del plazo máximo previsto en la legislación nacional, asegurando al mismo tiempo las garantías de no repetición, y a que mejore las condiciones de reclusión y respete las debidas garantías procesales y de juicio imparcial de todas las personas privadas de libertad, incluido su derecho a comunicarse con un defensor de su elección;
  7. Insta también a la República Bolivariana de Venezuela a que adopte medidas
    adecuadas para hacer frente a las violaciones y transgresiones de los derechos humanos
    denunciadas, como los actos de violencia y acoso, incluidos los actos de violencia sexual y
    de género, cometidos contra las mujeres y las niñas recluidas;
  8. Exhorta a la República Bolivariana de Venezuela a que vele por que la
    legislación penal, en particular la legislación antiterrorista, y su aplicación se ajusten
    plenamente al derecho internacional de los derechos humanos;
  9. Denuncia la aprobación de leyes que restringen el derecho de los ciudadanos
    a participar en la dirección de los asuntos públicos y los derechos a la libertad de expresión,
    de reunión pacífica y de asociación, y exhorta a la República Bolivariana de Venezuela a que
    no apruebe leyes que restrinjan aún más estos derechos humanos;
  10. Expresa profunda preocupación porque la continua erosión del estado de
    derecho, la inseguridad de la permanencia en los cargos, la falta de transparencia en el
    proceso de nombramiento de jueces y fiscales, la precariedad de las condiciones de trabajo y
    las injerencias políticas, incluido el nombramiento de magistrados del Tribunal Supremo que
    carecen de independencia, siguen socavando la independencia del sistema de justicia,
    contribuyen a la impunidad y a la persistencia de las violaciones y transgresiones de los
    derechos humanos, inciden en el acceso de las víctimas a la justicia y obstaculizan la
    celebración de elecciones libres y limpias;
  11. Exhorta a los partidos de la República Bolivariana de Venezuela a que
    comiencen a preparar un proceso que posibilite la celebración de elecciones locales,
    regionales y legislativas libres y limpias, con un consejo electoral nacional independiente y
    un Tribunal Supremo imparcial e independiente, con plena libertad de prensa y con la
    participación política sin trabas de todos los venezolanos y todos los partidos políticos sin
    temor a consecuencias o injerencias, respetando las normas internacionales y los derechos
    civiles y políticos;
  12. Exhorta a la República Bolivariana de Venezuela a que proteja las
    instalaciones diplomáticas y al personal diplomático que reside en territorio venezolano,
    incluidas las personas que solicitan asilo en dichas instalaciones, de conformidad con el
    derecho internacional, en particular con la Convención de Viena sobre Relaciones
    Diplomáticas y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, teniendo presentes los
    derechos humanos de todas las personas, incluidas las solicitantes de asilo;
  13. Expresa profunda preocupación por la situación de los derechos humanos y el
    medio ambiente en la región del Arco Minero del Orinoco e insta a la República Bolivariana
    de Venezuela a que ponga fin a todas las violaciones y transgresiones de los derechos
    humanos en dicha región, incluidas las relacionadas con la explotación laboral de los
    mineros, la explotación laboral infantil, las desapariciones, la trata de personas, las formas
    contemporáneas de esclavitud y las violaciones y transgresiones de los derechos de los
    Pueblos Indígenas, y las investigue;
  14. Solicita al Alto Comisionado que siga vigilando la situación de los derechos
    humanos en la República Bolivariana de Venezuela, informando al respecto y
    proporcionando cooperación técnica con miras a mejorarla;
  15. Solicita también al Alto Comisionado que le presente oralmente un informe
    actualizado en sus períodos de sesiones 58º y 61º, así como informes actualizados, seguidos
    de la celebración de diálogos interactivos, antes de finales de 2024 y finales de 2025, y que
    le presente, para que lo examine en sus períodos de sesiones 59º y 62º, un informe exhaustivo
    sobre la situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela que
    contenga una evaluación detallada de la aplicación de las recomendaciones formuladas en
    informes anteriores, y a continuación celebre un diálogo interactivo al respecto;
  16. Decide prorrogar por dos años el mandato de la misión internacional
    independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela,
    establecido en la resolución 45/20 del Consejo de Derechos Humanos, para que la misión
    pueda seguir investigando las violaciones manifiestas de los derechos humanos, incluidas las
    ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas, las reclusiones arbitrarias, las
    torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, incluidos los que entrañan violencia
    sexual y de género, cometidas desde 2014, con miras a combatir la impunidad y asegurar la
    plena rendición de cuentas de los autores y la justicia para las víctimas, prestando especial
    atención a la situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela en el período previo a las elecciones presidenciales de 2024, durante estas y después de que se celebraran, y a la violencia ejercida por los individuos armados llamados “colectivos”;
  17. Solicita a la misión de determinación de los hechos que en sus períodos de
    sesiones 58º y 61º le presente oralmente un informe actualizado sobre su labor y a
    continuación celebre un diálogo interactivo al respecto, y que en sus períodos de sesiones 60º
    y 63º le presente un informe con sus conclusiones y con recomendaciones sobre las medidas
    que el Consejo debería adoptar en el futuro y a continuación celebre un diálogo interactivo
    al respecto;
  18. Insta a la República Bolivariana de Venezuela a que vuelva a cooperar plenamente con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
    Humanos y la misión de determinación de los hechos, les conceda acceso inmediato, pleno y
    sin restricciones a todo el país, también a las víctimas y los lugares de reclusión, les
    proporcione toda la información necesaria para cumplir sus mandatos y vele por que todas
    las personas puedan acceder sin trabas a las Naciones Unidas y otras entidades de derechos
    humanos y comunicarse con ellas sin temor a represalias, intimidación o ataques;
  19. Insta también a la República Bolivariana de Venezuela a que coopere
    plenamente con la Corte Penal Internacional;
  20. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que prosiga su labor de protección
    de los derechos humanos de los migrantes y refugiados de la República Bolivariana de
    Venezuela y que, a este respecto, promueva medidas eficaces y mejores prácticas, en
    colaboración con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
    Refugiados, la Organización Internacional para las Migraciones y otros organismos
    pertinentes, e invita a todas las partes interesadas a que intensifiquen la cooperación
    internacional con los países de acogida y de tránsito de los migrantes, refugiados y
    solicitantes de asilo venezolanos;
  21. Solicita que se proporcionen oportunamente a la Oficina del Alto Comisionado
    y a la misión internacional independiente de determinación de los hechos todos los recursos
    necesarios y todo el apoyo administrativo, técnico y logístico que necesitan para el
    cumplimiento de sus respectivos mandatos;
  22. Alienta a los procedimientos especiales pertinentes del Consejo de Derechos
    Humanos a que presten especial atención, en el marco de sus respectivos mandatos, a la
    situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela, e insta a la
    República Bolivariana de Venezuela a que coopere plenamente con su labor, entre otras cosas
    facilitando las visitas al país;
  23. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.

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