Súmate denuncia que «es inconstitucional que miembros de ANC aspiren a AN sin renunciar a sus cargos»

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La Organización Ciudadana agrega que el hecho de que el directorio del CNE haya permitido que 92 «constituyentes» sean candidatos a diputados a la AN sin haber renunciado o haberse separado de sus actuales cargos, pudiera interpretarse como un reconocimiento tácito de que la elección de la ANC fue írrita, por lo tanto sus integrantes no son funcionarios públicos

Súmate señaló este miércoles, 25 de noviembre, que es inconstitucional e ilegal que 92 integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) sean candidatos a la Asamblea Nacional (AN) sin haber renunciado a sus cargos, lo que debió ocurrir 3 meses antes del 6 de diciembre, tal como lo establece la Constitución.

La Asociación Civil mostró como prueba de que este grupo de candidatos a diputados no se ha separado de sus actuales cargos de «constituyentes», la sesión que celebró la ANC el pasado 8 de octubre, en la cual se pudo observar a algunos de ellos ejerciendo sus funciones actuales; y que fue transmitida en directo a través del canal del Estado, Venezolana de Televisión (VTV).

La Organización Ciudadana asegura que a los «constituyentes» les aplica lo establecido en el artículo 189 constitucional, aunque sus cargos sean tipificados como accidentales, al igual que rige para los ministros, viceministros, presidentes y directores de Institutos Autónomos y empresas del Estado, gobernadores, secretarios de gobiernos estadales, alcaldes y concejales; a quienes les exige renunciar a sus cargos tres meses antes del día de la elección, es decir que el plazo venció el pasado 6 de septiembre. Esto implica que cualquiera de estos funcionarios que haya sido postulado como candidato a diputado a la AN y no haya renunciado en la fecha plazo, por consiguiente su postulación es nula.

Súmate considera que en el caso de que el directorio del CNE tuviera dudas sobre si a los «constituyentes» que se postularon como candidatos para un poder constituido como la Asamblea Nacional les aplica lo establecido en el artículo 189 de la Constitución, debió acudir a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); cuando implica un conflicto de interés para los integrantes de una instancia como la ANC, que se considera un poder supraconstitucional.

De acuerdo al análisis de la organización, el módulo de postulados a candidatos a diputados a la AN publicada en el sitio web del Consejo Nacional Electoral (CNE) hasta la primera semana de noviembre, se identificaron a 92 «constituyentes» inscritos como candidatos a diputados por los diferentes partidos políticos de la alianza Gran Polo Patriótico (GPP), liderada por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

La ONG señala que en el supuesto caso de que el directorio del CNE hubiera considerado de manera arbitraria que los «constituyentes» candidatos a diputados a la Asamblea Nacional no están dentro de los cargos mencionados por el artículo 189 de la Constitución, por lo menos debió exigirles «separarse de manera temporal de sus cargos desde el día en que se inicie la campaña electoral hasta el día de la elección», tal como se lo exige a todos los funcionarios públicos los artículos 57 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) y 128 del Reglamento General de la Lopre.

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